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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Jueves, 13 de junio de 2019 Pág. 28316

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

EXTRACTO de la Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

BDNS (Identif.): 460499.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index):

Primero. Beneficiarios

Las universidades del SUG, los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur) y los centros del CSIC y del IEO radicados en Galicia, siempre que contraten a las personas seleccionadas a través de un contrato laboral de duración determinada con dedicación a tiempo completo, de acuerdo con el marco legislativo actual, en virtud del cual la persona seleccionada quedará vinculada a dicha entidad.

Podrán acceder a estas ayudas los organismos y entidades señalados en el párrafo anterior que presenten como candidatas a personas con el grado de doctor que cumplan, en la fecha de cierre de la convocatoria, las condiciones que se indican para cada tipo de ayuda en los anexos I y II, según la modalidad a la que opten.

Segundo. Objeto

El apoyo a la etapa posdoctoral mediante dos modalidades:

– Modalidad A: ayudas para la ampliación de la especialización en el extranjero del personal investigador doctor y su reincorporación en la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante un contrato de dos años de duración para la realización de estancias en el extranjero y un contrato de retorno de un año de duración en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las solicitudes que propongan personas candidatas de nacionalidad española que presenten un plan de estancias de dos años en los EUA optarán a contar con el apoyo de la Comisión Fulbright y tener la condición de becarias Fulbright.

– Modalidad B: ayudas para posibilitar la continuación de su formación y establecer una trayectoria investigadora propia, para las personas que obtuvieron una plaza en la convocatoria de 2016 de la modalidad A del Programa de ayudas de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral, que acabaron el contrato y que obtuvieron una evaluación positiva, y para las personas investigadoras de la convocatoria de 2014 que, por circunstancias especiales, tuvieran concedido el aplazamiento de la evaluación, que completasen el programa y que alcancen una evaluación positiva, mediante un contrato de dos años de duración.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 8.667.800 €: 6.504.800 € para la modalidad A y 2.163.000 € para la modalidad B.

En la modalidad A se podrán conceder hasta 46 ayudas (la previsión inicial es de 40 en universidades del SUG, de las cuales hasta 10 pueden obtener la condición de becarias Fulbright, y 6 en el resto de entidades beneficiarias, de las cuales hasta 2 pueden obtener la condición de becarias Fulbright). El importe máximo de cada ayuda es de 49.900 € anuales, que incluye tres conceptos:

1. La financiación de un contrato de un máximo de 48.400 € brutos anuales durante la fase de estancia y de 38.000 € brutos anuales durante la fase de retorno.

2. Un complemento anual por ayuda destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación y para el seguro durante el período de estancia de 1.500 € anuales durante la fase de estancia y de 1.000 € anuales durante la fase de retorno.

Además, las ayudas destinadas a las personas investigadoras que obtengan la condición de becarias Fulbright tendrán una dotación complementaria de 5.000 € en cada año de estancia.

En la modalidad B se podrán conceder 21 ayudas (la previsión inicial es de 20 en universidades del SUG y 1 en el resto de entidades beneficiarias). El importe total máximo de cada ayuda es de 49.000 € anuales, que incluye tres conceptos:

1. La financiación de un contrato posdoctoral de un máximo de 38.000 € brutos anuales.

2. Una ayuda complementaria por cada persona contratada para el establecimiento de una línea propia de investigación, de 10.000 € para el año 2020 y 2021 y de 5.000 € para el año 2022.

3. Un complemento anual por ayuda, destinado a las universidades beneficiarias, para cubrir los gastos asociados a la contratación, de 1.000 € anuales.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Para la modalidad A: un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG. Para la modalidad B: del 1 al 31 de agosto de 2019.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2019

Carmen Pomar Tojo

Francisco Conde López

Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional

Conselleiro de Economía, Empleo e
Industria y presidente de la Agencia Gallega
de Innovación