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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Martes, 2 de julio de 2019 Pág. 31141

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2019 por la que se acuerda el cierre del plazo para solicitar la participación para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, en el marco del Programa de regeneración y renovación urbanas del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.

En el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) núm. 246, de 28 de diciembre de 2015 se publicó la Orden de 22 de diciembre de 2015 por la que se abrió el plazo para solicitar la participación para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, en el marco del Programa de regeneración y renovación urbanas del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 (en adelante, Plan 2013-2016).

El artículo 7 de esta orden señala que, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS), se podrá cerrar el plazo para la presentación de solicitudes de calificación provisional y definitiva y que dicha resolución de cierre será publicada en el DOG y en la página web del IGVS.

El 12 de abril de 2019 se firmó el correspondiente acuerdo específico de financiación del área de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, en el marco del Programa de regeneración y renovación urbana y rural del Plan 2018-2021, regulado por el Real decreto 106/2018, de 9 de marzo (publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 61, de 10 de marzo).

Para asumir los compromisos descritos en este acuerdo específico se procederá a publicar en el DOG del día 2 de julio de 2019 la Resolución de 20 de junio de 2019, de la Presidencia del IGVS, por la que se regula el procedimiento para participar en el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Plan 2018-2021 y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones correspondientes a esta área de rehabilitación integral.

Para participar en este programa es necesario obtener la calificación provisional de la actuación y, una vez finalizadas las obras, la calificación definitiva. Posteriormente, al amparo de la normativa por la que se realizan las convocatorias correspondientes a estas áreas de rehabilitación, podrán solicitarse las respectivas ayudas.

Teniendo en cuenta lo citado anteriormente, se considera conveniente cerrar el anterior plazo para presentar las solicitudes de calificación provisional (código VI408F) y de calificación definitiva (código VI408G) al amparo del artículo 7 de la citada Orden de 22 de diciembre de 2015.

Por otra parte, las solicitudes de calificación provisional o definitiva que estén pendientes de resolver, así como aquellos expedientes que cuenten con la calificación provisional e estén pendientes de finalización de las obras, y que fueran presentados al amparo de dicha Orden de 22 de diciembre de 2015, se tramitarán de conformidad con lo establecido en la Resolución de 20 de junio de 2019 por la que se regula el procedimiento para participar en el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Plan 2018-2021 y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones. Mediante esta resolución se abre el nuevo plazo para solicitar la calificación provisional y la calificación definitiva de las actuaciones.

A la vista de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la Resolución de 22 de diciembre de 2015,

RESUELVO:

Cerrar el plazo, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG, para presentar las solicitudes de calificación provisional y calificación definitiva para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, en el marco del Programa de regeneración y renovación urbanas del Plan 2013-2016.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Presidencia del IGVS en el plazo de un (1) mes, que se contará desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas podrán presentar cualquier otro que estimen conveniente.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 2019

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo