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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Viernes, 12 de julio de 2019 Pág. 32819

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 27 de junio de 2019 por la que se modifica la Orden de 26 de diciembre de 2013 por la que se fijan los precios privados que percibirá la Xunta de Galicia por los servicios prestados por el Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia.

El Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia (en adelante, LOMG) venía realizando su actividad hasta el 31 de diciembre de 2013 dentro de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia.

Tras la publicación del Decreto 134/2013, de 1 de agosto, por el que se procedía a la reorganización de las entidades instrumentales adscritas a la entonces Consellería de Economía e Industria con competencias en materia de innovación y se modificaba la estructura orgánica de dicha consellería, el LOMG pasaba a quedar adscrito a la Consellería de Economía e Industria a través de la Subdirección General de Administración Industrial, siendo la fecha en la que era efectiva esta integración el 1 de enero de 2014, según establecía la Orden de 26 de diciembre de 2013 por la que se fijaba la fecha de efectividad del traspaso del personal, bienes, derechos y obligaciones de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia a la Agencia Gallega de Innovación y a la Dirección General de Energía y Minas.

Como consecuencia de la integración del LOMG en dicha consellería, se procedía a la publicación de la Orden de 26 de diciembre de 2013 por la que se fijaban los precios privados que percibiría la Xunta de Galicia por los servicios prestados por el Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia (DOG núm. 249, de 31 de diciembre).

Con la presente orden se modifica la mencionada Orden de 26 de diciembre de 2013, con el fin de adaptar las revisiones de precios privados aplicados por los servicios prestados por el LOMG a la normativa existente actualmente sobre desindexación de la economía española, que persigue la creación de un régimen general basado en el principio de no indexación en el ámbito público, facilitando las condiciones para establecer un sistema de revisiones de precios motivadas por variaciones de costes que evite la generación de inercias en la inflación, siendo interés de la Consellería de Economía, Empleo e Industria establecer un modelo de revisión de los precios privados en el que se trasladen al valor revisado exclusivamente las variaciones experimentadas por la retribución del personal al servicio del sector público.

Asimismo, se modifica dicha orden estableciendo que el LOMG prestará sus servicios al sector público autonómico en las condiciones definidas en los procedimientos de colaboración que deban ser articulados, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, en referencia a la autoprovisión de bienes y servicios dentro del propio sector público y en el Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estrutura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

En consecuencia, se considera necesario modificar la orden por la que se establecen los precios privados que se aplican a las actividades del LOMG.

Por ello, haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1998 y por la Ley 2/2007,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 26 de diciembre de 2013 por la que se fijan los precios privados que percibirá la Xunta de Galicia por los servicios prestados por el Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia

La Orden de 26 de diciembre de 2013 por la que se fijan los precios privados que percibirá la Xunta de Galicia por los servicios prestados por el Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia queda modificada como sigue:

Uno. Se añade el apartado tercero al artículo 1, quedando redactado del siguiente modo:

«Tercero. El sector público autonómico, integrado, de acuerdo con la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades instrumentales de su sector público, estará sujeto a lo establecido en los procedimientos de colaboración que se suscriban entre las partes».

Dos. El artículo 2 se sustituye por el siguiente:

«La revisión de los precios privados regulados en esta orden será realizada tomando como referencia el coste de la mano de obra del personal del centro, siendo actualizados en función de las variaciones experimentadas por la retribución del personal al servicio del sector público. Los precios así actualizados deberán hacerse públicos mediante resolución de la persona titutar de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia».

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de junio de 2019

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria