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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Lunes, 22 de julio de 2019 Pág. 33981

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO (PO 1574/2017).

Yo, Sarai Paniagua Acera, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, hago saber que, en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, por el presente se notifica al demandado Marcelo Damián Uriarte la sentencia dictada en fecha 14 de junio de 2019, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

«Sentencia número 239.

Vigo, 14 de junio de 2019.

María del Carmen Salvador Mateos, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo y su partido, ha visto los autos seguidos en este juzgado bajo número 1574/2017, sobre juicio ordinario sobre privación de la patria potestad, actuando como demandante María Dolores Comesaña Fortes, representada por la procuradora de los tribunales Marta Pereira-Borrajo Rey y con asistencia letrada de Jaime Barreras González-Pastoriza, contra Marcelo Damián Uriarte Eberle, declarado en situación de rebeldía procesal, y en el que ha intervenido el Ministerio Fiscal, en base a los siguientes:

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Resolución.

Estimo en su integridad la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Pereira-Borrajo Rey, en nombre y representación de María Dolores Comesaña Fortes, contra Marcelo Damián Uriarte Eberle, como demandado, declarado en situación procesal de rebeldía, y decreto la privación total de la patria potestad de Marcelo Damián Uriarte Eberle respecto de su hijo menor de edad Izán Uriarte Comesaña.

Firme que sea esta resolución, comuníquese al Registro Civil donde consta la inscripción de nacimiento del menor a los efectos oportunos, dejándose constancia de ello en autos».

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado Marcelo Damián Uriarte, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Vigo, 1 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia