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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Jueves, 8 de agosto de 2019 Pág. 36127

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 30 de julio de 2019 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro de enseñanzas artísticas superiores de música Galival Music, en Valga.

La representante de Galival Music, S.L., solicita autorización de apertura y funcionamiento del centro privado superior de enseñanzas artísticas Galival Music, de Valga, para impartir las enseñanzas superiores de música, en las especialidades de composición, dirección, interpretación, musicología, pedagogía y producción y gestión, de conformidad con el Decreto 163/2015, de 29 de octubre (DOG de 16 de noviembre) y el Decreto 171/2016, de 24 de noviembre (DOG de 12 de diciembre), que establecen los planes de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de música en estas especialidades.

El Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, que establece los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas, y el Decreto 253/1995, de 29 de septiembre, desarrollado por la Orden de 5 de diciembre de 1995, regula el procedimiento para la autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas. Estos trámites preceptivos se iniciaron en la Jefatura Territorial de Pontevedra, que envía el expediente con los correspondientes informes para la autorización de dichas enseñanzas.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Autorización

Autorizar la apertura y funcionamiento del centro docente cuyos datos se señalan a continuación:

Denominación genérica: centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de música (Cemu Superior).

Denominación específica: Galival Music.

Código del centro: 36025050.

Dirección: Auditorio Municipal, 1 A (lugar de Ferreirós).

Localidad: Cordeiro (Santa Comba).

Código postal: 36647.

Ayuntamiento: Valga.

Provincia: Pontevedra.

Titular: Galival Music, S.L.

Enseñanzas que se autorizan:

Enseñanzas artísticas superiores de música, en las especialidades de:

• Composición.

• Dirección.

• Interpretación.

• Musicología.

• Pedagogía.

• Producción y gestión.

Total de puestos escolares: 120.

Artículo 2. Inicio de la actividad

Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de Pontevedra, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá la docencia, así como el equipamiento adecuado.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tengan que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 30 de julio de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional