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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Viernes, 9 de agosto de 2019 Pág. 36470

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vigo

ANUNCIO de 12 de julio de 2019, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, del convenio urbanístico de ejecución de planeamiento entre el Ayuntamiento de Vigo y la mercantil Alvariño Inversiones, S.L., para la obra de urbanización en la calle Barxa de Covelo (expediente 325/403).

En cumplimiento del apartado quinto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo adoptado en la sesión ordinaria de 22 de marzo de 2019, una vez finalizado el trámite de información pública (DOG núm. 90, de 13 de mayo) y emitido el correspondiente certificado de exposición en fecha de 14 de junio de 2019 sin recibirse escrito de alegación alguna, el texto inicial aprobado y el documento administrativo firmado se entiende definitivo sin necesidad de nueva firma ni de su ratificación por la Junta de Gobierno Local, produciendo la aprobación y la formalización lograda plenos efectos jurídicos, por lo que se procede a la publicación del texto íntegro del Convenio:

Convenio urbanístico de ejecución de planeamento entre el Ayuntamiento de Vigo y la mercantil Alvariño Inversiones, S.L. para la realización de obra de urbanización (prolongación de la calle) en la calle Barxa de Covelo. Conexión de la calle Barxa do Covelo con la calle Gandarón.

En Vigo, 4 de diciembre de 2019.

Reunidos:

De una parte, María José Caride Estévez, concejala delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo y vicepresidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo asistida por el secretario de la GMU, José Riesgo Boluda a los efectos de asesoramiento y para dar fé del presente negocio jurídico.

De otra parte, Luis Blanco Rodríguez, DNI nº ***5715**, en nombre e representación de la entidad Alvariño Inversiones, S.L. con domicilio social en la avenida de Madrid nº 197, XXXXX Vigo, y CIF número ****9555*; constituida por tiempo indefinido en escritura autorizada por el notario de XXXX, el día 15.6.2004, bajo el número XXXX de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al tomo XXXX; libro XXXX; folio XX; hoja XX XXXX, inscripción XX.

Ejerce su representación en virtud de su condición de administrador único de la sociedad mencionada según consta en los estatutos.

Las partes, en la condición en la que intervienen, se reconocen capacidad necesaria y representación suficiente para formalizar el presente convenio urbanístico a cuyo fin,

EXPONEN:

Primero. La terminación de la calle Barxa do Covelo, entre la avenida de Madrid y la calle Gandarón, prevista en el Plan general vigente, es muy necesaria para lograr el establecimiento de sentidos únicos en las calles del entorno dado que la reducida sección de las calles estrada do Vilar y Camiño da Fonte hace peligrosa la circulación y el estacionamiento de los vecinos, lo que mejoraría la fluidez y la seguridad vial del entorno.

Es, por tanto, necesaria, una solución que consiga la conexión entre la avenida de Madrid y el barrio de O Vilar, generando mejor movilidad y más estacionamiento.

Segundo. La calle Barxa do Covelo nace como vía lateral de servicio entre dos concesionarios de automóviles, construidos en los años 60, con frente a la avenida de Madrid. Posteriormente este vía empezó a tomar importancia con el desarrollo de más edificaciones industriales también ligadas al automóvil. Ya el Plan general de 1988 reconoce la debilidad estructural viaria de los crecimientos industriales más fuertes del municipio, los apoyados en la avenida de Madrid.

El Plan general de ordenación urbana vigente (PGOU 93) traza esta vía con un ancho de 12 m que se prolonga hasta la calle Gandarón y con un ramal cara al norte que conecta con o Camiño do Vilar.

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Tercero. En el año 2000 se suscribió un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Vigo y la Xunta de Galicia (CPTOPV), en el cual esta última se comprometía a la financiación, contratación, ejecución y dirección de varias obras de apertura y ampliación de vía en los barrios periféricos de Vigo, entre los que se encontraba el ensanche y mejora de la calle Gandarón (Lavadores), del mismo modo, en la cláusula tercera del convenio, establecía la obligación del Ayuntamiento de poner a disposición de la CPTOPV, libre de cargas y gravámenes, todos los terrenos necesarios para la normal realización de las obras para ejecutar.

En el año 2003 se aprobaron definitivamente los proyectos de urbanización (4415/401) y de expropiación (152/413) de la calle Gandarón, en ambos proyectos se incluyen los tramos de conexión de la calle Barxa do Covelo con la calle Gandarón.

El 27 de octubre de 2004 se firmaron, entre otras, las actas de ocupación de las parcelas P-017, P-018, P-049, P-049 bis, P-050, y P-051 que, junto con los terrenos de titularidad municipal, constituyen el tramo de conexión de la calle Barxa do Covelo con la calle Gandarón. En la actualidad, ni la mejora de la calle Gandarón ni el tramo de vía en cuestión se ejecutaron y ni este convenio se prorrogó ni se contemplo esta calle en posteriores convenios con la Xunta de Galicia.

La calle Barxa do Covelo se ejecutó en distintas fases, estando pendiente la última:

1. El primer tramo, en su arranque desde la avenida de Madrid, y de una longitud de unos 50 m, se ejecutó en el año 1960 como vía lateral de locales comerciales del sector de automóvil (antiguamente Salfer, ahora Pérez Rumbao, Seat, Audi y Volkswagen).

2. El segundo tramo, fue ejecutado en el año 2000 como urbanización del frente de la nave de Troncalva (concesionario Toyota), en base al proyecto aprobado basado en el PGOU 1993, de unos 120 m de longitud.

3. El tercer tramo, fue ejecutado en 2011-2012 como ramal de esta calle que entronca con el Camiño do Vilar, de una longitud de unos 215 m, y promovidas por Alvariño Inversiones, S.L. como urbanización del frente de la nave industrial (expediente 48908/421).

4. El cuarto tramo, aún sin ejecutar y de unos 90 m de longitud, sería la conexión de esta vía con la calle Gandarón, se encuentra expropiado, según el proyecto de expropiación 152/413, y su definición está contenida en el proyecto de urbanización de la calle Gandarón exp 4415/401 aprobado en 2003.

Cuarto. En la actualidad y dado el importante grado de implantación de industrias en este vía, se hace necesario dar salida a la calle Barxa do Covelo, pues la alternativa siempre transcurre por la vía de servicio de la avenida de Madrid, con un tráfico muy saturado; salir por Gandarón implica poder contactar con la carretera vieja de Madrid y la avenida de Madrid sin contactar con este víal de servicio.

La actuación resulta acorde con los objetivos generales del Plan de movilidad urbana sustentable de Vigo, que ya prevé la reordenación de la avenida de Madrid, concretados, en este caso, en la reducción de costes asociados a la movilidad, la promoción de la actividad económica optimizando la logística, con la reducción de los efectos negativos de la presencia de tráfico pesado en la ciudad, incrementando la seguridad en los viajes interurbanos, tanto para vehículos como para peatones y mejorando las condiciones de seguridad en cruces e intersecciones. Además, visto el informe emitido por la jefa del servicio de Transportes, la urbanización referida tendría un potencial efecto sobre el objetivo general relativo a facilitar el uso del transporte público a futuros usuarios.

La empresa Alvariño Inversiones, S.L. propietaria de numerosas industrias en el ámbito lindero ha manifestado su interés en que se ejecute este último tramo del viario, comprometiéndose a realizar y cofinanciar parte de las obras.

Quinto. Alvariño Inversiones, S.L. redactó un proyecto de apertura de la vía y su conexión con la calle Gandarón, basándose en el proyecto municipal aprobado el 8.5.2003 y de los terrenos expropiados mediante el proyecto expropiatorio aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 6.6.2003 (cuyas actas de ocupación constan en el expediente), pero dotándolo de las instalaciones y nivel de urbanización exigidos en la actualidad.

Sexto. De acuerdo con el proyecto presentado y los informes técnicos municipales, los precios de mercado de materiales, mano de obra y maquinaria necesaria, el coste estimado de ejecución de la obra, impuestos incluidos, es de trescientos cuarenta y siete mil seiscientos noventa y siete euros con nueve céntimos (347.697,09 €).

En virtud de lo expuesto y como conclusión del proceso de negociación y colaboración en la búsqueda de soluciones ajustadas las partes consideran conveniente para el interés público la firma del presente convenio urbanístico para la ejecución de obras de urbanización en base a las siguientes estipulaciones:

Primera. Efectos y objeto del Convenio

El artículo 398.3.b) del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, posibilita la celebración de convenios para la ejecución del Plan y, con él, la ejecución del sistema viario previsto al afectar a una urbanización aprobada.

El presente convenio urbanístico se formaliza para la ejecución del vigente PGOU 1993 al tener por objeto la terminación de la calle Barxa do Covelo, entre la avenida de Madrid y la calle Gandarón.

Por tanto, se trata de un convenio urbanístico para la ejecución del planeamiento cuya finalidad es:

1. Definir los términos de colaboración entre el Ayuntamiento de Vigo y Alvariño Inversiones, S.L. para la ejecución del tramo viario colindante con el ámbito desarrollado por esta empresa y su conexión con la calle Gandarón.

2. Establecer los compromisos para la financiación de las actuaciones necesarias para la ejecución de esta obra y conseguir así la finalidad del tramo viario ya ejecutado con su conexión a la red viaria circundante.

Segunda. Acuerdo para la ejecución del vial

Como quiera que el planeamiento de aplicación no determina las obligaciones de financiación para la finalización del nuevo tramo viario mediante el correspondiente sistema de actuación, y cuya superficie ya fue expropiada por el Ayuntamiento; teniendo en cuenta el especial interés de la firmante en abrir un nuevo acceso viario a su industria y el interés público en la ejecución de un tramo vía largamente demandado y necesario para la movilidad en ese ámbito urbano y la dotación de nuevas plazas de aparcamiento, las partes alcanzaron un acuerdo para su ejecución y financiación en los términos expuestos en la estipulación tercera del presente documento.

Tercera. Obligaciones de las partes

A) Obligaciones de la mercantil Alvariño Inversiones, S.L.

Alvariño Inversiones, S.L. asume los siguientes compromisos:

1. Abonar íntegramente los costes de redacción del proyecto de urbanización de vial Barxa do Covelo-Gandarón redactado por el arquitecto Pedro de la Puente Crespo presentado en el Ayuntamiento con fecha 21 de febrero de 2018 (nº de registro 180027932).

2. Contratar las obras de ejecución del citado proyecto de urbanización y la dirección técnica necesaria para su ejecución; en el supuesto de modificaciones propuestas por la dirección facultativa de la obra y en la ejecución de las mismas que supongan mayor coste, tal importe será asumido en su integridad por Alvariño Inversiones, S.L.

3. Realizar dichas obras conforme al proyecto aprobado y conforme a los plazos de ejecución en él previstos con los ajustes necesarios en el caso de que aparezcan partidas no definidas en el proyecto o imprevistos.

4. Garantizar al Ayuntamiento de Vigo la idoneidad de las partes de la vía aún no recibidas, para proceder a su recepción libres de cargas y gravámenes.

5. Garantizar al Ayuntamiento de Vigo a no utilizar para la ejecución de la obra terrenos distintos a los que ya fuesen propiedad del Ayuntamiento por ser expropiados para su ejecución. En su caso, cualquier otra ocupación temporal que considerase necesaria o conveniente para su ejecución será por su cuenta exclusiva, tanto las autorizaciones que fuesen necesarias para eso, como sus eventuales costes.

B) Obligaciones del Ayuntamiento de Vigo.

El Ayuntamiento de Vigo asume los siguientes compromisos:

1. El Ayuntamiento asumirá, supervisará y, en su caso, aprobará el proyecto de urbanización de la vía Barxa do Covelo-Gandarón redactado por el arquitecto Pedro de la Puente Crespo presentado ante el Ayuntamiento con fecha 21 de febrero de 2018.

2. Poner a disposición de Alvariño Inversiones, S.L. los terrenos ya expropiados para la ejecución de este tramo vía.

3. En la medida que las obras a ejecutar son públicas el Ayuntamiento de Vigo fiscalizará e inspeccionará la ejecución de las mismas al objeto de su ejecución conforme al proyecto aprobado.

4. Recibir la obra ejecutada conforme al proyecto técnico aprobado.

5. Abonar a Alvariño Inversiones, S.L. la cantidad de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €) para la cofinanciación de la ejecución de la obra conforme al proyecto aprobado que forma parte de este convenio. La entrega de esta cantidad se realizará tras la recepción de la obra.

6. La recepción de la obra nueva, una vez finalizada la ejecución del proyecto, se producirá mediante la suscripción por el técnico municipal designado para el efecto del acta de recepción.

7. La cantidad de 150.000,00 euros a abonar por el Ayuntamiento de Vigo se corresponde con el 43,14 % del coste estimado de ejecución por contrata, 347.697,09 euros; en el supuesto de que esta cantidad, según la certificación final de obra, sea objeto de minoración la aportación municipal disminuirá en la misma proporción.

Cuarta. Garantía de las obras

Alvariño Inversiones, S.L. garantiza la correcta ejecución de las obras, estableciendo a favor del Ayuntamiento el plazo de garantía de un año desde su recepción formal.

Quinta. Cesión de los efectos derivados del Convenio

Alvariño Inversiones, S.L. no podrá ceder los derechos ni las obligaciones que para ella derivan del presente convenio, sin autorización previa y por escrito del órgano competente del Ayuntamiento.

Con independencia de que la empresa pueda contratar total o parcialmente la ejecución del proyecto, ella asume exclusivamente su correcta ejecución frente al Ayuntamiento, siendo de su exclusiva cuenta cualquier gasto que pudiese ocasionar su contratación total o parcial.

Sexta. Tramitación del Convenio

El presente convenio, tiene carácter administrativo, carecerá de efectos en tanto en cuanto no sea aprobado definitivamente por el órgano municipal competente y firmado posteriormente. Se tramitará conforme al procedimiento previsto en los artículos 167 de la Ley del suelo y 401 y concordantes de su Reglamento.

Séptima. Documentación que conforma el Convenio

Forma parte integrante de este convenio y, por tanto, del régimen de reciprocidad, el proyecto de Urbanización del vial Barxa do Covelo-Gandarón redactado por el arquitecto Pedro de la Puente Crespo presentado en el Ayuntamiento con fecha 21 de febrero de 2018 así como las actas de ocupación definitiva de los bienes y derechos afectados por su ejecución levantadas por el Ayuntamiento de Vigo.

Oitava. Jurisdicción competente

Los litigios que pudieran surgir como consecuencia de la formalización, cumplimiento, interpretación y extinción del presente convenio se someterán al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

En prueba de conformidad, las partes, ante mí, secretario de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo, firman el presente convenio por triplicado ejemplar, en todas sus hojas, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, de todo lo que doy fe.

Ayuntamiento de Vigo

Alvariño Inversiones, S.L.

Vigo, 12 de julio de 2019

El presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo
P.D. (Resolución de 11.7.2019)
María José Caride Estévez
Vicepresidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo