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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Martes, 20 de agosto de 2019 Pág. 36984

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 20 de mayo de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2019 (código de procedimiento SI449B).

Mediante la Resolución de 20 de mayo de 2019 se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para el año 2019 (SI449B).

Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria la realización de programas y actividades de difusión, información y formación para la promoción de la igualdad y la prevención de la violencia de género, a realizar por las asociaciones de madres y padres de alumnos, federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos, dirigidas al alumnado de centros educativos no universitarios y/o a las familias y a la comunidad educativa, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, realizadas entre el 1 de mayo de 2019 y el 30 de noviembre de 2019, y que respondan a alguna o algunas de las siguientes tipologías contempladas en las medidas del Pacto de estado contra la violencia de género del eje 1:

a) Escuelas de padres y madres y/o formación para las familias en temas de igualdad, de educación afectivo-sexual (aspectos fisiológicos y afectivo-emocionales) y sobre violencia de género.

b) Elaboración de materiales informativos para madres y padres que les ayuden a detectar la violencia de género de la que pueden ser víctimas o agresores sus hijas o hijos adolescentes.

c) Realización de acciones de formación, sensibilización y difusión, contra la cosificación del cuerpo de las mujeres y contra la hipersexualización de las niñas.

d) Formación para padres y madres y/o para chicas y chicos sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, especialmente en la protección de la privacidad y sobre los ciberdelitos (stalking, sexting, grooming, etc).

e) Acciones de formación con las familias y/o alumnado sobre nuevas masculinidades para romper con los micromachismos y los comportamientos machistas adquiridos por los estereotipos.

f) Otras acciones de formación e información para madres y padres que sensibilicen a las familias sobre los estereotipos persistentes en la sociedad y también en el campo educativo y sobre pautas para prevenir la violencia de género, o para detectarla y que se den a conocer entre las familias los protocolos existentes en los casos de agresiones o violencia contra las chicas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la convocatoria, el crédito destinado a la financiación de estas ayudas es el siguiente:

Aplicación

Proyecto

Importe (€)

2019.05.11.313D.481.2

2018 00112

300.000,00

Al existir remanentes de otra convocatoria financiada con cargo al mismo crédito, con el fin de poder amparar el mayor número posible de solicitudes presentadas que cumplan los requisitos para ser beneficiarias de las ayudas, y teniendo en cuenta que es la primera vez que se regula una convocatoria de estas características teniendo por destinatarias a las asociaciones de madres y padres y federaciones y confederaciones constituidas por estas para estas actuaciones, y que hubo mucha demanda y solicitudes; se estima conveniente ampliar la dotación presupuestaria consignada, a través del supuesto previsto en el apartado b) del artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 2.2 de la Resolución de 20 de mayo de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

De conformidad con dichos preceptos reglamentarios, el órgano concedente debe publicar la ampliación de crédito en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

En consecuencia con lo expuesto, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 74/2018, de 5 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, le corresponde a la Secretaría General de la Igualdad, como órgano superior de la Administración autonómica en materia de igualdad, entre otras, impulsar las actuaciones conducentes a la promoción de la igualdad y a la eliminación de la discriminación entre mujeres y hombres, así como a la eliminación de la violencia de género en los términos establecidos en la Constitución, en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, y en la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y en la demás legislación aplicable en la materia, le corresponde a la Secretaría General de la Igualdad la aprobación de las bases, de la convocatoria y las resoluciones en materia de ayudas y subvenciones, así como la administración de los créditos para gastos de su respectivo ámbito de competencia,

DISPONGO:

Artículo único

1. Se amplía la dotación presupuestaria prevista en el artículo 2.1 de la Resolución de 20 de mayo de 2019 por la que se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para el año 2019 (SI449B).

2. El incremento de la dotación será de 80.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.313D.481.2, en el código de proyecto 2018 00112 con la denominación «Pacto de Estado contra la violencia de género» consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2019.

3. El crédito total disponible para atender las ayudas previstas en la citada Resolución de 20 de mayo de 2019 queda así establecido en 380.000,00 euros:

Aplicación

Proyecto

Crédito inicial (€)

Ampliación (€)

Crédito total (€)

05.11.313D.481.2

2018 00112

300.000,00

80.000,00

380.000,00

4. Esta ampliación de crédito no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 7.1 de la Resolución de 20 de mayo de 2019 ni supone el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de agosto de 2019

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad