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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Lunes, 30 de septiembre de 2019 Pág. 43075

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 115/2019, de 12 de septiembre, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06, en los ayuntamientos de Tomiño y Tui.

Antecedentes:

Primero. En el Diario Oficial de Galicia núm. 9, de 12 de enero de 2018, se publicó el Anuncio de 19 de diciembre de 2017 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, informes y certificados presentados, el 18 de julio de 2019 se aprueba el expediente de información pública y el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto definir, justificar y valorar las obras necesarias para mejorar la seguridad viaria en varios tramos de la carretera PO-552, que presentan un carácter periurbano o de travesía, con edificaciones dispersas en los márgenes, así como numerosas incorporaciones e intersecciones a lo largo del recorrido; lo que es el principal motivo de la inestabilidad y accidentalidad actual de dichos tramos.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y después de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día doce de septiembre de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06.

Santiago de Compostela, doce de septiembre de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad