Antecedentes:
A los efectos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, se somete al trámite de información pública el documento de reforma de la intersección del punto kilométrico (p.k.) 6+000 de la AC-840 en Oza-Cesuras, de clave AC/18/137.06. El ámbito de actuación se sitúa en la carretera AC-840, perteneciente a la Red Primaria Básica de Carreteras de Galicia, en el entorno del p.k. 6+000 de la citada carretera, en el ayuntamiento de Oza-Cesuras, en la provincia de A Coruña.
Esta intersección dispone en la actualidad de visibilidad insuficiente, situación que unida a la velocidad en el tramo y la importante intensidad de tráfico en la zona, crea un escenario de grave peligro para el conductor a la hora de realizar las distintas maniobras de incorporación y de cambio de sentido. El proyecto tiene por objeto, por lo tanto, la reordenación de la intersección ubicada en el p.q. 6+000 de la carretera AC-840 (Betanzos-A Golada), mejorando las incorporaciones desde el camino de Carraceda a la AC-840 y viceversa, para lo cual se proyectan carriles de aceleración y desaceleración y dos carriles centrales de espera, permitiendo de este modo, todos los giros a la izquierda. Así, la solución proyectada tiene como finalidad mitigar o eliminar los actuales riesgos y, como consecuencia, incrementar la seguridad vial de los conductores.
Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, el mencionado documento se somete al trámite de información pública durante un período de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.
Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que aprueba el Reglamento de expropiación forzosa, se somete a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente, para que los afectados presenten cuantas alegaciones o rectificaciones consideren convenientes en cuanto a los bienes y derechos descritos en la relación anexa.
Tercero. La exposición al público, a los efectos de la presente resolución, se realiza en la Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de A Coruña (calle Vicente Ferrer, 2, 15008 A Coruña), en el Ayuntamiento de Oza-Cesuras (Lois, 33. Oza. 15380 Oza-Cesuras).
Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad
(https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestruturas), se encuentra a disposición de los interesados el proyecto de construcción.
Santiago de Compostela, 3 de enero de 2020
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras