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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Miércoles, 22 de enero de 2020 Pág. 3712

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Cualedro

ANUNCIO de información pública del Plan parcial del suelo urbanizable no delimitado SUND-01 A Brea y el estudio ambiental estratégico.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar inicialmente el Plan parcial del suelo urbanizable no delimitado SUND-01 A Brea y el estudio ambiental estratégico.

Segundo. Publicar en la web municipal el acuerdo de aprobación inicial y el documento aprobado.

Tercero. Según el artículo 75 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, someter el documento a información pública durante dos meses, mediante anuncio que se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia. El expediente estará expuesto al público en la Casa Consistorial de 9.00 a 14.00 horas durante el plazo de información pública.

Cuarto. Notificar individualmente a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados.

Quinto. Recabar de las administraciones públicas competentes los informes sectoriales y consultas que resulten preceptivas».

En cumplimiento con lo dispuesto anteriormente, se somete a información pública el Plan parcial del suelo urbanizable no delimitado SUND-01 A Brea y el estudio ambiental estratégico, por el plazo de dos meses contado a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Durante dicho plazo, cualquier persona podrá examinar el documento, en horario de oficina, en las dependencias de la Casa Consistorial de Cualedro, situada en la avda. de Portugal, 8 de Cualedro, o en la página web del Ayuntamiento de Cualedro (www.cualedro.es) y formular las alegaciones, documentos y justificaciones que se consideren pertinentes.

Según lo establecido en el artículo 47 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el artículo 86.2 de su reglamento, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre (RLSG), el acuerdo de aprobación inicial determinará, por si sólo, la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en el ámbito del territorio objeto del plan parcial cuyas nuevas determinaciones supongan la modificación de la ordenación urbanística vigente.

El ámbito del Plan parcial del suelo urbanizable no delimitado SUND-01 A Brea del Ayuntamiento de Cualedro, que abarca 16,03 ha en la zona al lado del enlace de la A-52 en Lamas.

La delimitación del ámbito se corresponde con el fijado en los planos de información y ordenación.

Asimismo, en la memoria del Plan parcial se incluye la relación de parcelas catastrales que ocupan el ámbito de dicho plan.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 86.3 del Reglamento da Lei 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, la suspensión de licencias no afectará:

a) A las obras de mantenimiento, conservación y reforma, excepto en el caso de obras de rehabilitación integral que sean equiparables a la reconstrucción total del edificio no justificadas por razones de urgencia o que supongan un aumento del volumen edificado.

b) A las licencias de primera ocupación.

c) Los proyectos que cumplan simultáneamente el instrumento de planeamiento en vigor y el plan especial aprobado inicialmente.

d) Los actos sujetos al trámite de comunicación previa, siempre y cuando se trate de obras o actos para la implantación de usos o actividades autorizados por el nuevo planeamiento.

La suspensión de licencias tendrá una duración máxima de dos años contando desde la aprobación inicial del plan especial y, en cualquier caso, se extinguirá con la aprobación definitiva del planeamiento.

Mientras dure la suspensión de licencias, podrán autorizarse usos y obras provisionales en los términos del artículo 89 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, y artículo 204 del reglamento.

Cualedro, 2 de enero de 2020

Luciano Rivero Cuquejo
Alcalde