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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Jueves, 20 de febrero de 2020 Pág. 11961

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 22/2020, de 6 de febrero, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Valga del tramo de la carretera PO-190 entre los puntos kilométricos 0+070 y 0+550.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Valga es atravesado por distintas carreteras autonómicas, entre ellas la PO-190 (PO-548 – Alto do Cordeiro PO-548), que constituye un tramo antiguo de la carretera PO-548 (Pontecesures N-550) Vilagarcía de Arousa (glorieta puerto). La carretera PO-190 pertenece a la red secundaria de la Xunta de Galicia y cuenta con una longitud de 4,08 kilómetros. Su trazado discurre por el término municipal de Valga entre los puntos kilométricos 0+000 y 2+940, terminando en el municipio vecino de Catoira.

Este tramo de carretera, resto antiguo de la PO-548, discurre por suelo clasificado como urbano por el plan vigente PXOM del ayuntamiento. Cuenta con marcadas características urbanas, está integrado en el tejido urbano del núcleo de Ferreirós y su tráfico rodado es principalmente de ámbito local. Asimismo, carece de funcionalidad dentro de la Raega ya que la carretera PO-548 supone una alternativa viaria a la carretera PO-190.

El Ayuntamiento de Valga y la Xunta de Galicia a través de la Agencia Gallega de Infraestructuras firmaron un convenio de colaboración para la «dotación de servicios y pavimentación en la PO-190 desde el punto kilométrico 0+000 al punto kilométrico 0+470». El ayuntamiento con la firma de este convenio, presta su conformidad al cambio de titularidad de los puntos kilométricos previstos en el convenio y en los proyectos de construcción redactados por la Agencia Gallega de Infraestructuras y por el ayuntamiento respectivamente en su día, y que se corresponden con los siguientes puntos kilométricos del inventario de carreteras (Axenda):

• Punto kilométrico 0+000 del convenio, se corresponde con el punto kilométrico 0+070 de la Axenda.

• Punto kilométrico 0+470 del convenio, se corresponde con el punto kilométrico 0+550 de la Axenda.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día seis de febrero de dos mil veinte,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Valga de:

Clave

Denominación

PKi

Coordenadas UTM (ETRS89)

PKf

Coordenadas UTM (ETRS89)

PO-190

PO-548 – Alto do Cordeiro – PO-548

0+070

X=526.084 Y=4.727.475

0+550

X=525.683 Y=4.727.377

– Modificar el Decreto 308/2003, de 26 de junio, por el que se aprueba la relación de carreteras de titularidad autonómica de la Comunidad Autónoma de Galicia corrigiendo la nomenclatura de la PO-190 de la siguiente forma:

Carretera

Red

Denominación

Clave anterior

PO-190

S

Ferreirós – PO-548

C-550

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Valga deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponde al Ayuntamiento de Valga, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, seis de febrero de dos mil veinte

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad