Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Lunes, 16 de marzo de 2020 Pág. 16599

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2020, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Josefa Patiño Barral.

Antecedentes.

Por Resolución de 25 de marzo de 2019 se acordó la incoación del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Josefa Patiño Barral (ABI/2018/0005).

La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado (supl. N. nº 90, de 15.4.2019), en el Diario Oficial de Galicia (DOG nº 71, de 11.4.2019), en la página web de la Consellería de Hacienda, y fue expuesta en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Oleiros y Vigo por plazo no inferior a un mes.

Constan en el expediente los correspondientes certificados de defunción y últimas voluntades relativos a la persona causante, en los que se acredita su fallecimiento, el 6 de marzo de 2014 en el municipio de Vigo, y que aunque había otorgado testamento, éste resultó ineficaz por premoriencia de los instituidos. Asimismo, figura igualmente incorporado certificado de su empadronamiento en el Ayuntamiento de Vigo, quedando justificada su vecindad civil gallega.

No se han recibido alegaciones, documentos u otros elementos de juicio que cuestionen la sucesión a favor de la Administración autonómica, lo que corrobora el informe emitido al efecto por la Policía Autonómica de Galicia y las manifestaciones de terceras personas unidas al expediente.

De las consultas efectuadas ante el Catastro inmobiliario, en el Índice general informatizado de fincas y derechos del Registro de la Propiedad y en el Rexistro General de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, así como de la información recabada de diferentes entidades bancarias y por otras fuentes, se determinó, en principio, que al menos forman parte del caudal hereditario de la persona finada los bienes y derechos que se adjudican en el punto segundo de esta resolución, sin perjuicio de la inclusión en la herencia de aquellos otros que se identifiquen con posterioridad a esta declaración como de titularidad de la persona causante.

La Asesoría Jurídica de la Consellería de Hacienda emitió informe sobre la adecuación y suficiencia de las actuaciones practicadas para la declaración de la Comunidad Autónoma como heredera abintestato de la persona causante.

Fundamentos jurídicos.

Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, artículos 267 y siguientes.

Código civil, artículos 657 y siguientes.

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, artículos 20.6, 20.bis y 20.ter.1.

Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, artículos 4 y 56.

Decreto 94/1999, de 25 de marzo, sobre régimen administrativo de la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, artículos 4 y 7.

Según lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Josefa Patiño Barral, con DNI 32157868G, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario.

Segundo. Adjudicar a la Administración autonómica los siguientes bienes y derechos de la herencia identificados:

a) Inmuebles urbanos:

– Mitad del dominio de la casa compuesta de bajo comercial y tres pisos interiores y otros tres exteriores, con un total de seis viviendas, señalada con el nº 74 de la calle Capitán Cortés, hoy calle México nº 62, de la ciudad de Vigo. Ocupa con inclusión del destinado a patios la superficie de 177,30 m2. Limita: oeste o espalda, con herederos de José María Millán, en línea de nueve metros; este o frente, en igual longitud de nueve metros con la calle Capitán Cortés; norte o derecha, con pared medianera de Manuel Rodríguez Táboas; y sur o izquierda, en una longitud de diecinueve metros con noventa y cuatro centímetros, con el resto de la finca de la que se segrega. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 3456812NG2735N0001RK.

Valor catastral: 220.097,02 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Vigo nº 1, tomo 124, libro 124, folio 199, finca nº 12319.

b) Inmuebles rústicos:

– Mitad del dominio del labradío llamado Granxas do Penedo, en el fondo del lugar de Pousada, municipio y parroquia de Oleiros (A Coruña), que mide 2.414 m2-2.468 m2 según el Catastro. Limita: norte, parcela de María del Carmen Ordóñez Pernas; sur y este, Antonio Fernández; y oeste, parcela de la viuda de Manuel Rodríguez. Grabada con servidumbre de paso.

Referencia catastral: 15059A018001000000TX.

Valor catastral: 493,47 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de A Coruña nº 3, tomo 891, libro 248, folio 1, finca nº 21168.

– Parcela nº 114 del polígono 18 del Catastro inmobiliario (Pinar), en el municipio de Oleiros (A Coruña), de 3.291 m2 de superficie. Limita: norte, parcelas nº 119 y 120 del Catastro; sur, camino; este, parcela nº 113; y oeste parcela nº 115 del Catastro. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 15059A018001140000TY.

Valor catastral: 341,48 euros.

No consta inscripción registral.

– Parcela nº 332 del polígono 18 del Catastro inmobiliario (Pousada), en el municipio de Oleiros (A Coruña), de 2.954 m2 de superficie, de forma triangular. Limita: este, parcelas nº 330, 327, 326 y 325 del Catastro; sur, parcela nº 324; y oeste, parcelas nº 333, 334 y 335. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 15059A018003320000TU.

Valor catastral: 590,68 euros.

No consta inscripción registral.

b) Contratos y otros efectos bancarios:

– Abanca, depósito a plazo: 2080 0064 98 3810011996.

– Abanca, cuenta de ahorro: 2080 0064 90 3000070046.

– BBVA, cuenta de ahorro: 0182 6631 81 0201552487.

– Banco Santander, S.A., cuenta de ahorro: 0049 2731 27 94051612.

– Banco Santander, S.A., depósito a plazo: 0049 2731 30 24023805.

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda, área temática de Patrimonio, Anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios

Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por plazo no inferior a un mes, en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Oleiros y Vigo.

Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Hacienda, de conformidad con los artículos 112.1, 114 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los que se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho a la herencia o en otros derechos de carácter civil por esta declaración o por la adjudicación de bienes a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia que se contiene en esta resolución podrán ejercer las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.

Santiago de Compostela, 4 de marzo de 2020

Mª Socorro Martín Hierro
Secretaria general técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda