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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Jueves, 30 de abril de 2020 Pág. 18923

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2020 por la que se convocan cursos de formación continua, en la modalidad de teleformación, dirigidos al personal de la seguridad pública de Galicia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se convocan los cursos de formación continua, en la modalidad de teleformación, dirigidos a los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta Comunidad Autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica), cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 27 de abril de 2020

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta Comunidad Autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata; en el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en el plazo de un año a contar desde el día siguiente a aquel en se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal cuando venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reservará el 20 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia, pudiendo ser superado dicho porcentaje en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reservará la facultad de anular la actividad formativa.

2. Desarrollo de la convocatoria.

Desarrollo de la actividad.

Todas las ediciones de los cursos se desarrollarán de la siguiente manera:

• Lugar: a través de la plataforma de formación en línea. Todos los cursos cuentan con una prueba final presencial en la sede de la Agasp.

• Se pueden establecer sesiones presenciales si el/la docente lo considera necesario o a petición del alumnado.

• Horario: según disposición y necesidad del alumnado.

• Fecha de comienzo : 18 mayo de 2020

• Cuestionarios y tareas: durante el desarrollo de los cursos el alumnado participante deberá realizar una serie de cuestionarios y tareas de acuerdo con un calendario de presentación; la no realización de alguno en el plazo establecido será sancionada con la baja en el curso. En el supuesto de que los ejercicios no alcancen un nivel de exigencia mínimo según el criterio del profesor, se hará una primera advertencia al alumnado y, de no atender la indicación, podrá ser dado de baja en el curso.

Los cuestionarios, excepto la prueba presencial final, y la realización de las tareas se harán a través de la plataforma de formación en línea.

5. Requerimientos técnicos mínimos para los equipos del alumnado.

Los requerimientos técnicos para usar la web de los cursos de la Agasp (basada en una herramienta de aprendizaje electrónico o e-learning) son de nivel básico:

Aspectos recomendables para el PC:

• La configuración mínima de un PC doméstico (en general, cualquiera con menos de cinco años) es suficiente.

• Preferentemente conexión a internet de banda ancha y un antivirus actualizado.

• Navegador: Mozilla Firefox 2 (recomendado) o Internet Explorer 6.0 o superior.

• Tener Javascript y cookies activadas en el navegador.

• Para ver los documentos en PDF se necesita haber instalado Acrobat Reader.

• Para que funcionen algunos elementos correctamente se necesita haber instalado Adobe Flash Player.

6. Prueba final.

Las pruebas presenciales finales se realizarán en la sede de la Academia Gallega de Seguridad Pública (avenida de la Cultura s/n, A Estrada, Pontevedra). Se notificará la fecha de la misma con la antelación suficiente, y por lo menos con diez días hábiles de anticipación.

Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas que impidan acudir a la prueba en la fecha fijada, se podrá solicitar acudir a la prueba extraordinaria.

Aquellos alumnos que se presenten a la prueba común y no la superen no tendrán derecho a presentarse a la prueba extraordinaria.

7. Inscripción

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página Web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.gal). No se admitirá otra forma o modelo de solicitud.

b) Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no será responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

d) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

e) En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación (no será preciso si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en cuyo caso deberán comunicarlo en la propia solicitud).

– Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares

f) Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria con el objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22), por correo electrónico (formación.Agasp@xunta.gal) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

g) El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 14 de mayo de 2020.

h) El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

i) En caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp, de manera automática, elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. Criterios de selección del alumnado participante.

a) Menor número de cursos realizados por el/la alumno/a solicitante en los últimos dos años, según conste en las bases de datos de la academia, y no haber hecho con anterioridad el curso que se convoca.

b) A igual número de cursos, tendrá preferencia el alumnado que lleve más tiempo sin participar en las actividades de la academia.

c) Antigüedad.

Se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes se añadirán a las del turno general.

9. Publicación de las relaciones del personal seleccionado.

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que hubieran comunicado su imposibilidad de asistencia con, por lo menos, 48 horas de antelación al inicio de esta. Dicha renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp por correo electrónico a la dirección formación.agasp@xunta.gal o por fax al número 886 20 61 22.

10. Derechos y deberes del alumnado participante.

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

11. Certificado de aprovechamiento.

Una vez finalizado el curso y hecha la evaluación correspondiente, se expedirán los certificados de aprovechamiento a los alumnos que cumplan las siguientes exigencias:

• Visualización de los contenidos.

• Superación de los cuestionarios.

• Cumplimentación de las tareas según las exigencias indicadas.

• Superación de la prueba presencial final presencial del conjunto del curso.

12. Facultades de la Agasp.

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de las actividades para adaptarlas a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir los cursos, ampliar nuevas ediciones de los mismos o suspenderlos temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

En la página web de la Agasp se publicarán todos los datos precisos de las acciones formativas que se convocan en esta resolución.

ANEXO II

Nombre del curso

Horas

Plazas

1

Actuaciones policiales con incidente en el tráfico y señalización circunstancial.

20

35

2

Noticias técnicas en la toma de datos en la investigación de accidentes.

25

20

3

Curso de infografía y simulación en la reconstrucción de accidentes de tráfico. Iniciación a Sketchup.

40

20

4

Protocolos de actuación en los controles de velocidad: criterios judiciales.

12

35

5

Control de drogas: criterios judiciales.

16

35

6

Controles de alcoholemia. Criterios judiciales penates y administrativos.

12

35

7

La vía: regulación, competencias, responsabilidad y análisis.

16

35

8

Protección integral de la mujer víctima de violencia de género.

20

35

9

Protocolos de actuación policial ante delitos de odio.

20

35

11

Rescate policial en el medio acuático.

16

35

12

Autocad.

50

35

13

Delitos contra o patrimonio y el orden socioeconómico.

20

35

14

Actualización de la nueva Administración electrónica.

40

35

15

Protección de datos de carácter personal y ciberseguridad.

40

35

16

Reciclado de policía administrativa.

40

35

17

Actualización en normativa de armas.

16

35