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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Martes, 5 de mayo de 2020 Pág. 19083

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 4 de mayo de 2020 por la que se modifica la Orden de 12 de febrero de 2020 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control.

BDNS (Identif.): 496273.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Plazo de presentación de la solicitud única

El plazo de presentación de la solicitud única, para el año 2020, se inicia el 1 de febrero y finalizará o el día 15 de junio, ambos incluidos.

Segundo. Plazo de presentación de la modificación de la solicitud única

Una vez finalizado el plazo para la presentación de la solicitud única, los solicitantes podrán presentar solicitudes de modificación hasta el día 30 de junio.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes de modificación del Sigpac

El plazo de presentación de solicitudes de modificación del Sigpac comenzará el 1 de febrero y finalizará el 30 de junio, ambos incluidos, para que las resoluciones tengan efecto sobre las superficies validadas con la solicitud única del año 2020.

Cuarto. Plazo de comunicación de alteraciones afectantes a la condicionalidad

En relación con la BCAA 7 y, concretamente, en lo referente al mantenimiento de las particularidades topográficas o elementos del paisaje, no será posible efectuar una alteración de dichos elementos salvo de aquellos que se indican expresamente en la descripción de esta BCAA en el anexo VI, siempre y cuando su alteración venga motivada por razón de la viabilidad económica de la explotación. Para que dicha alteración no dé lugar a un incumplimiento de la condicionalidad será necesario comunicarla hasta el día 30 de junio.

Quinto. Plazo de comunicación de las cesiones de derechos de pago básico

El período de comunicación de las cesiones de derechos de pago básico se iniciará el 1 de noviembre anterior al inicio del plazo de solicitud y finalizará el 30 de junio de 2020, ambos incluidos.

Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2020

Silvestre José Balseiros Guinarte
Director del Fondo Gallego de Garantía Agraria