La Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, lleva a cabo la promoción y organización de actividades con un claro componente de educación no formal destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tiempo libre.
Asumidas las competencias en este ámbito por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, la Consellería de Política Social incluye entre sus objetivos el de favorecer la participación de la juventud en actividades de este tipo y para eso convoca, una vez más, la Campaña de verano.
Mediante la oferta de dicha campaña, la Consellería de Política Social ofrece la posibilidad de que la juventud emplee su tiempo libre de verano participando en actividades de carácter lúdico, cultural, deportivo y formativo, que sirvan no solo para divertirse sino también para el enriquecimiento personal y vital.
Las circunstancias actuales derivadas de la crisis sanitaria del COVID-19, y tras superar la etapa de confinamiento, hacen más necesario que nunca poder ofertar un recurso de conciliación para las familias gallegas y de educación no formal para el tiempo de ocio de nuestros jóvenes que les permita beneficiarse, con máximas garantías de prevención e higiene, de un espacio de ocio favorable para sus emociones y sentimientos. Así, la oferta comprenderá actividades para desarrollar en Galicia, con las adaptaciones necesarias en cuanto a limitaciones de aforo máximo en las instalaciones juveniles ofertadas, refuerzo de las medidas higiénico-sanitarias e incremento de la ratio monitor/participante para una prestación del servicio más eficiente y con todas las garantías.
Asimismo, la Consellería de Política Social, en aplicación del principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, considera pertinente que, además de las actuaciones específicas dirigidas a las personas con discapacidad, se tengan en cuenta las necesidades y demandas de estas personas en las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, como es el ámbito de actuación de las políticas dirigidas a la juventud gallega.
En este sentido debe también señalarse que la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, reconoce en su artículo 30 el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás personas, en las actividades recreativas y de ocio y tiempo libre. Asimismo, el artículo 7 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, versa exclusivamente sobre el derecho a la igualdad de las personas con discapacidad.
Con base en estos criterios, la Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad y de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, acuerda integrar en la presente convocatoria las necesidades de la juventud gallega en la ocupación de su tiempo de ocio, de modo que los/as jóvenes gallegos/as con discapacidad, en función de las limitaciones que presenten, puedan tener la oportunidad de decidir sobre a modalidad de participación a la que deseen optar: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas de inclusión. De esta forma se pretende que la inclusión social de las personas jóvenes con discapacidad sea una realidad al tiempo que se favorezca la interacción y la convivencia entre toda la juventud.
Por todo esto,
RESUELVO:
Artículo 1. Objeto
1. Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Política Social oferta la programación de actividades para el año 2020 que se detalla en el anexo I (códigos de procedimiento: BS303A, BS303F, BS303G y BS303H).
Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos durante los meses de julio, agosto y septiembre.
2. La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web http://xuventude.xunta.es/.
Artículo 2. Servicios ofertados
1. La participación en la oferta de la Campaña de verano 2020 se realizará mediante solicitud individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as).
2. Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:
a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.
b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.
c) Manutención en régimen de pensión completa.
d) El material necesario para la actividad.
e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, en su caso. Asimismo, y para el caso de las personas con necesidades especiales que por razón de su discapacidad precisen apoyo, se dispondrá de personal que cuente con formación y experiencia para atender sus necesidades.
f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.
3. La incorporación y la recogida de las personas participantes en los campamentos y albergues de Galicia será por cuenta de la persona interesada en los términos que indique la Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, en la página web xuventude.xunta.es y antes del inicio de la actividad, y de conformidad con las medidas de prevención indicadas por las autoridades sanitarias sobre el COVID-19.
En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión de la persona participante, será responsabilidad de las personas progenitoras o tutoras legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.
Artículo 3. Participantes
1. Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en esta convocatoria las personas jóvenes residentes en Galicia, nacidas en el año señalado en el anexo I para cada actividad.
2. En cuanto a la edad mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2020, hay que destacar lo siguiente:
a) Las personas nacidas en el año 2002 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.
b) Las personas nacidas en el año 2011 deberán tener cumplidos 9 años al inicio del campamento.
3. Para ser admitido/a en el campamento será necesario no padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio ni sintomatología compatible con el COVID-19, sin perjuicio de la documentación que deberán firmar las personas progenitoras o tutoras a la que se hace referencia en el artículo 8. Para los campamentos que incluyan en su programación actividades de agua, es requisito saber nadar, sin perjuicio de lo señalado para las personas con discapacidad en el número 5.
4. Ninguna persona participante podrá ser admitida en más de un campamento por año. La plaza adjudicada será intransferible.
5. Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % podrán participar en esta convocatoria cumpliendo los siguientes requisitos:
a) Hacer constar su condición en el apartado que figura en su impreso de solicitud, con el fin de planificar los apoyos personales necesarios si los precisase.
b) Que en el certificado de reconocimiento de discapacidad no se recoja la necesidad de ayuda de tercera persona.
c) Tener capacidad de integración en un grupo y que sus limitaciones y/o necesidades especiales les permitan participar y beneficiarse de las actividades que se van a desarrollar en el destino que soliciten. La programación de actividades y las características de las instalaciones de cada campamento se podrán consultar en la página web de xuventude (http://xuventude.xunta.es/).
En función del tipo de discapacidad, podrá exceptuarse, en su caso, el requisito de saber nadar. En este supuesto, la persona menor con discapacidad no podrá participar en las actividades de agua.
Las personas solicitantes con discapacidad que cumplan los requisitos señalados deben optar, de conformidad con el artículo siguiente, por una de estas dos vías: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión, de modo que quedarán excluidas en el supuesto de que presenten la solicitud por ambos procedimientos.
6. Las personas menores en situación de tutela o guarda por la Administración y que se encuentren en acogimiento residencial podrán participar en esta convocatoria y deberán indicar esta condición en el anexo de solicitud, marcando la casilla correspondiente.
7. El incumplimiento de los requisitos señalados en este artículo impedirá la participación de la persona solicitante en el campamento.
Artículo 4. Tipos de solicitud y forma de presentación
1. Las solicitudes podrán presentarse de forma individual o múltiple y se tramitarán por el procedimiento general o por el procedimiento de plazas para inclusión de personas con discapacidad, en su caso, como se indica en los números siguientes.
2. Las personas que presenten una solicitud individual de plazas deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo II, correspondiente al procedimiento general (código de procedimiento BS303A).
Las personas con discapacidad que opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión relacionadas en el anexo I B deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo IV (código de procedimiento BS303G).
3. Las pretensiones de una pluralidad de personas de contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar podrán formularse en una única solicitud múltiple, tanto en el procedimiento general como en el de inclusión.
Las personas que presenten una solicitud múltiple deben emplear el formulario que se incorpora como anexo III, correspondiente al procedimiento general (código de procedimiento BS303F).
Las personas con discapacidad que opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión relacionadas en el anexo I B deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo V (código de procedimiento BS303H).
La solicitud múltiple se admitirá para el supuesto de dos, tres y hasta cuatro hermanos/as. Las personas menores que convivan en el domicilio en situación de acogimiento familiar también se podrán incluir en la solicitud múltiple, equiparándose su situación a la de los/las hermanos/as.
Esta solicitud múltiple solo se podrá emplear en el caso de personas que pidan idéntica instalación, turno y actividad (mismo código). Todas las personas interesadas que figuren en una misma instancia deben cumplir los requisitos de edad exigidos para las instalaciones y turnos solicitados.
Cuando se trate de una persona sin discapacidad que tenga hermanos/as con discapacidad y quieran presentar una solicitud conjunta, solo lo podrán hacer por el procedimiento general, para las actividades del anexo I A y en ningún caso una persona sin discapacidad podrá ocupar una plaza de las reservadas para inclusión.
El incumplimiento de lo dispuesto en este número por una de las personas participantes supondrá la exclusión de todas las que figuren en esa misma solicitud.
Estas solicitudes múltiples tienen efecto durante el sorteo para la adjudicación de la plaza y para generar las listas de espera. No obstante, en el momento de las adjudicaciones desde la lista de espera se tendrán en cuenta como solicitudes individuales.
4. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
5. Los impresos de solicitud deben ser cubiertos de acuerdo con las siguientes normas:
a) Cada joven solo podrá cubrir una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades. Cada turno o actividad está identificado con un código en el anexo I, apartados A y B.
b) Los datos de la persona solicitante deben ser los del/de la joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples deberán cubrirse los datos de todos/as los/as hermanos/as que soliciten su participación.
c) Las solicitudes deberán firmarlas las personas progenitoras o tutoras de los/as menores solicitantes.
d) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y por tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.
e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas, quedando la persona solicitante fuera del sorteo.
6. La persona interesada deberá comprobar, en la página web http://xuventude.xunta.es/, la correcta mecanización de su solicitud, con el fin de subsanar los errores detectados. En esa página aparecerá un enlace para consultar los datos de la solicitud y el número de expediente asignado a la persona menor solicitante. Para tener acceso a estos deberá incluirse el número de DNI de la persona progenitora o tutora que cubrió la instancia, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas detectan algún error en los datos mecanizados o no encuentran la solicitud, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono que aparecen en el anexo VII. La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días hábiles antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, no procederá reclamación alguna.
7. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.
Artículo 5. Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de siete (7) días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Artículo 6. Adjudicación de plazas
La adjudicación de las plazas, tanto en el procedimiento general como en el de plazas reservadas para inclusión, se realizará de la siguiente forma:
a) Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere el número de plazas disponibles.
b) Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles. Se efectuarán dos sorteos independientes según el procedimiento por el que se solicite (el general o el de plazas reservadas para inclusión).
En este caso el sorteo se realizará, ante notario/a. El día de realización del sorteo se anunciará en la página web de xuventude, http://xuventude.xunta.es/, y tendrá lugar a las 12 horas de ese día en la sala de prensa de la Consellería de Política Social, situada en la tercera planta de las dependencias de la mencionada consellería en el Edificio Administrativo San Lázaro en Santiago de Compostela.
Mediante este sorteo se cubrirán las plazas en las distintas actividades que especifica el anexo I, apartados A y B.
Asimismo, dará lugar a una lista de espera para cada una de las actividades. Se incluirá a cada participante únicamente en una lista de espera para un campamento concreto, de entre los que solicitó entre las cinco opciones. El número de reservas en cada actividad será del 50 % de las plazas convocadas. Se generará la lista de espera tanto en el sorteo de plazas del procedimiento general como en el específico de plazas reservadas para inclusión.
c) La Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado hará pública la resolución de la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, que resolverá por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social, con el resultado del sorteo, incluidas las listas de espera, y confeccionará la correspondiente lista de personas admitidas para cada turno y actividad.
El resultado del sorteo se publicará en la página web http://xuventude.xunta.es/ a partir del día siguiente al del sorteo.
A los efectos de esta publicación y en virtud de la normativa de protección de datos personales, las personas admitidas irán identificadas exclusivamente por el número de expediente asignado por la aplicación informática de gestión del procedimiento. Se procederá del mismo modo respecto de las personas incluidas en las listas de espera. El número de expediente asignado a la persona menor solicitante se podrá consultar conforme se indica en el artículo 4.6.
Artículo 7. Régimen de recursos
Las resoluciones expresas o presuntas que se dicten al amparo de la presente orden pondrán fin a la vía administrativa y contra ellas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dictó, o ser impugnadas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido este plazo, únicamente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Artículo 8. Documentación
1. Las personas admitidas deberán presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles contado desde el siguiente al de la realización del sorteo, preferiblemente por vía electrónica, la siguiente documentación :
a) Justificación de pago.
b) Si la persona menor no dispone de DNI deberá presentarse la copia del libro de familia.
c) Tarjeta sanitaria o seguro médico privado.
d) Cuestionario de salud y autonomía personal (anexo VI).
e) Declaración responsable de que sabe nadar, en los términos del artículo 3.3.
f) Declaración responsable de aceptación de las condiciones de participación, obligación de información y consentimiento informado, conforme al modelo que se publicará en la página web xuventude.xunta.es.
2. En el caso de personas con discapacidad, además:
a) Certificado acreditativo del grado de discapacidad y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente, cuando dichos documentos no hayan sido expedidos en nuestra comunidad autónoma.
b) Cuestionario de salud y autonomía personal (anexo VI), con todos los apartados cubiertos y la información actualizada que permita valorar los apoyos específicos que necesita, en su caso. (No se prestará ningún tipo de atención que no se refleje en este documento o en informes complementarios que acompañen a la solicitud).
3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
5. La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también se podrán tramitar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Artículo 9. Comprobación de datos
1. De conformidad con la normativa de protección de datos, para la tramitación de este procedimiento se consultará el DNI o NIE de la persona solicitante.
2. Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Certificado de discapacidad emitido por la Xunta de Galicia.
b) Título de familia numerosa.
c) Certificado de familia monoparental.
d) Carné xove.
3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Artículo 10. Adjudicación de plazas a las listas de espera
1. Las vacantes que se produzcan por no presentar la documentación, por presentarla fuera del plazo establecido o por renunciar a la plaza obtenida en el sorteo, serán ofrecidas en la fase de reservas de los respectivos procedimientos, general o de plazas reservadas para inclusión, a las personas solicitantes que figuran en las listas de espera correspondientes. En el caso de que se produzcan bajas, la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado o el servicio de juventud correspondiente contactarán, siguiendo el orden de la lista, con las personas de la lista de espera mediante llamada telefónica al número indicado en la solicitud.
Se realizarán 3 llamadas entre las 9.00 y las 14.00 horas, que serán registradas para la constancia de su realización. De no contactar con la persona interesada, ésta será dada de baja y se llamará a la siguiente en la lista de espera.
Una vez recibida la comunicación y aceptada, en la misma llamada telefónica, la plaza ofrecida, deberán presentar la documentación señalada en el artículo 8 en un plazo de dos días hábiles a partir de la llamada telefónica. En caso de no presentar la mencionada documentación en el plazo indicado, la plaza será ofertada a la siguiente persona de la lista de espera.
2. La apertura de la fase de reservas se publicará en la página web de xuventude:
http://xuventude.xunta.es/.
Artículo 11. Precios
1. Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I, apartados A y B, fijados conforme a lo regulado en la Orden de 1 de abril de 2016 por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles y a la expedición de carnés dirigidos a la juventud, gestionados por la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado.
2. De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 1 de abril de 2016, los miembros de familia que tengan el título de numerosa y los miembros de familias monoparentales tendrán un descuento del 50 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I. En este último caso, para aplicar el descuento deberá acreditarse estar en posesión del certificado de reconocimiento de la condición de familia monoparental, expedido por la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia.
3. Asimismo, conforme a lo dispuesto en la Orden de 1 de abril de 2016, las personas usuarias del Carné xove gozarán de un descuento del 25 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden. Para poder aplicar el descuento, la persona beneficiaria deberá ser titular del Carné xove, vigente, en el momento de efectuar el pago.
4. Los descuentos citados en los apartados anteriores en ningún caso serán acumulables.
A los efectos de la aplicación de estos descuentos, las personas solicitantes deberán indicar en su solicitud, marcando la casilla correspondiente del formulario, si tienen o no título de familia numerosa, el certificado de familia monoparental o el Carné xove, para su posterior comprobación por la Administración; en caso de que se opongan a esta comprobación en el formulario de solicitud, deberá aportarse la copia del título vigente de familia numerosa, del certificado de familia monoparental o la del Carné xove, según el descuento aplicable.
Artículo 12. Obligaciones de las personas adjudicatarias
Las personas adjudicatarias de las plazas están obligadas:
a) A incorporarse a la actividad y regresar por los medios y en los plazos establecidos.
b) A no abandonar la actividad sin el permiso de la persona responsable. En todo caso, el abandono de la actividad antes de su finalización requerirá la comparecencia de las personas progenitoras o tutoras, o persona debidamente autorizada por estos/as, y será responsabilidad de estos/as el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que por tal causa se ocasionen, tal y como se especifica en el artículo 2.3.
c) A respetar las normas establecidas por los equipos de animación, las normas de régimen interior de las respectivas instalaciones, las relativas al cumplimiento de medidas personales de higiene y prevención obligatorias frente al COVID-19 y, en general, las establecidas por la legislación vigente en la materia. Podrán ser expulsadas del campamento las personas participantes que no respeten las citadas normas y cuando su comportamiento dificulte o impida la convivencia.
Artículo 13. Devolución de cuota
1. Si, una vez obtenida la plaza, por cualquiera de los procedimientos de adjudicación (sorteo, fase de reservas) y abonado el precio correspondiente, la persona interesada no pudiese asistir a la actividad, solo tendrá derecho a la devolución en los casos y por las causas siguientes:
a) Renuncia a la plaza comunicada por escrito siempre y cuando solicite la devolución de la cantidad abonada por lo menos siete días hábiles antes del inicio de la actividad. En el caso de las plazas adjudicadas en fase de reserva y cuando no concurra ninguna de las otras causas recogidas en este punto, solo se admitirá la devolución de cuota cuando la fecha de inicio del campamento permita presentar la solicitud de devolución con la señalada antelación mínima de siete días hábiles.
b) Cuando, por causas no imputables a la persona interesada, no se preste el servicio o la Administración anule la actividad.
c) Cuando se produzca el ingreso hospitalario u otra causa médica grave que afecte a la persona menor y le impida incorporarse al campamento. Esta causa debe acreditarse con informes médicos y/o del hospital en que esté ingresada la persona menor.
d) Por fallecimiento o enfermedad grave de un familiar hasta el 2º grado. Esta causa debe estar acreditada con informes médicos y/o del hospital donde esté ingresado el familiar, o con el certificado de defunción, en su caso.
2. Serán denegadas todas aquellas solicitudes de devolución de cuota que no sean presentadas con la antelación mínima de siete días hábiles anteriores al inicio de la actividad, cuando no concurra ninguna de las causas recogidas taxativamente en el número 1.
3. A estos efectos, las personas interesadas disponen de un modelo normalizado de solicitud de devolución de cuota de participación anexo a esta orden (anexo VIII), que se podrá obtener en la Guía de procedimientos y servicios, en la dirección electrónica https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos-e-servizos o en la sede electrónica, en la dirección https://sede.xunta.gal. Estas solicitudes se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
4. Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
5. Las solicitudes de devolución de cuota se dirigirán a la jefatura territorial de la provincia donde se localice la actividad objeto de la solicitud, para su resolución por la persona titular de la jefatura territorial, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social.
Disposición adicional única. Información básica sobre protección de datos personales
Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados, en su condición de responsable, por la Xunta de Galicia,Consellería de Política Social, con las finalidades de llevar a cabo la tramitación administrativa que se derive de la gestión de este procedimiento y la actualización de la información y contenidos de la Carpeta ciudadana.
El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público, conforme a la normativa recogida en la ficha del procedimiento incluida en la Guía de procedimientos y servicios, en el propio formulario anexo y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos. No obstante, determinados tratamientos podrán fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, reflejándose esta circunstancia en dicho formulario.
Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o para que los ciudadanos puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia.
A fin de dar la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las personas interesadas serán publicados, conforme a lo descrito en la presente norma reguladora, a través de los distintos medios de comunicación institucionales de que dispone la Xunta de Galicia, como diarios oficiales, páginas web o tablones de anuncios.
Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercer otros derechos o retirar su consentimiento, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www.xunta.gal/proteccion-datos-persoais.
Disposición final primera. Habilitación competencial
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden, excepto la competencia para resolver las solicitudes de devolución de cuota de las actividades desarrolladas en Galicia, que se delega en la persona titular de la jefatura territorial de la provincia donde se localice la actividad objeto de la solicitud.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de junio de 2020
Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social
ANEXO I
A. Campamentos de verano 2020 - Procedemiento general
A Coruña
Instalación juvenil |
Actividad |
Fecha |
Año nacimiento |
Importe plaza |
Código |
Alb. Juv. Marina Española |
Aventura en As Mariñas |
21-28 de julio |
09-10-11 |
148 € |
150001 |
1-8 de agosto |
09-10-11 |
148 € |
150002 |
||
11-18 de agosto |
09-10-11 |
148 € |
150003 |
||
21-28 de agosto |
09-10-11 |
148€ |
150004 |
||
31 de agosto-7 de septiembre |
09-10-11 |
148 € |
150005 |
||
Alb. Juv. Gandarío |
Actividades en el mar |
15-24 de julio |
03-04-05 |
193,30 € |
150006 |
29 de julio-7 de agosto |
02-03-04-05 |
193,30 € |
150007 |
||
12-21 de agosto |
06-07-08 |
193,30 € |
150008 |
||
26 de agosto-4 de septiembre |
05-06-07-08 |
193,30 € |
150009 |
||
Vídeo Mapping. Haz visible lo que llevas dentro |
30 de agosto-6 de septiembre |
06 |
148 € |
150010 |
|
A vista de pájaro. Primeros pasos con drones |
30 de agosto-6 de septiembre |
06-07 |
148 € |
150011 |
|
Adiestrando a mi robot |
30 de agosto-6 de septiembre |
06-07 |
148 € |
150012 |
|
Camp. Juv. Furelos |
Naturaleza en el Camino |
15-24 de julio |
02-03-04 |
146,70 € |
150013 |
29 de julio-7 de agosto |
05-06 |
146,70 € |
150014 |
||
12-21 de agosto |
06-07 |
146,70 € |
150015 |
||
26 de agosto-4 de septiembre |
02-03-04 |
146,70 € |
150016 |
||
Camp. Juv. Virxe de Loreto |
Naturaleza junto al mar |
15-24 de julio |
05-06 |
172,50 € |
150017 |
29 de julio -7 de agosto |
05-06 |
172,50 € |
150018 |
||
12-21 de agosto |
02-03-04-05 |
172,50 € |
150019 |
||
26 de agosto-4 de septiembre |
02-03-04-05 |
172,50 € |
150020 |
||
Camp. Juv. Espiñeira |
Candilejas |
15-24 de julio |
08-09 |
146,70 € |
150021 |
29 de julio-07 de agosto |
08-09 |
146,70 € |
150022 |
||
12-21 de agosto |
08-09 |
146,70€ |
150023 |
||
26 de agosto-04 de septiembre |
08-09 |
146,70 € |
150024 |
||
Escola de Agricultura Ecolóxica Vilasantar |
Saborea la vida del rural |
27 julio – 2 agosto |
08-09-10-11 |
129,50€ |
150025 |
10 -16 de agosto |
08-09-10-11 |
129,50 € |
150026 |
||
Granxa Zoo Grixalba |
La aldea perdida |
02-09 de agosto |
08-09-10-11 |
148 € |
150027 |
Aldea do Couto |
Un país para pintores y poetas |
03-12 de agosto |
06-07-08 |
185 € |
150028 |
Albergue J. Aeródromo da Fervenza (Mazaricos) |
Multiaventura y aeronáutico |
30 de agosto-06 de septiembre |
02-03-04-05 |
148 € |
150029 |
Centro Superior de Hostelería de Galicia |
El sabor del verano |
16 - 23 de agosto |
08-09-10 |
148 € |
150030 |
Escuela Oficial Náutico Pesquera (Ferrol ) |
Verano activo |
01 - 08 de agosto |
06-07-08 |
148 € |
150031 |
12-19 de agosto |
06-07-08 |
148€ |
150032 |
||
Albergue de Ecoturismo Alvarella (Vilarmaior) |
Aventura en As Fragas |
17-23 de agosto |
06-07-08 |
129,50€ |
150033 |
25-31 de agosto |
06-07-08 |
129,50€ |
150034 |
Lugo
Instalación juvenil |
Actividad |
Fecha |
Año nacimiento |
Importe plaza |
Código |
Alb. Juv. Area |
NaturArea: medioambiente marino y náutica |
15-24 de julio |
02-03-04-05 |
193,30 € |
270001 |
29 de julio–7 de agosto |
05-06 |
193,30 € |
270002 |
||
12-21 de agosto |
05-06 |
193,30 € |
270003 |
||
26 de agosto-4 de septiembre |
02-03-04-05 |
193,30 € |
270004 |
||
Alb. Juv. Benigno Quiroga |
Mi primera aventura |
21-28 de julio |
09-10-11 |
148 € |
270005 |
1-8 de agosto |
09-10-11 |
148 € |
270006 |
||
11-18 de agosto |
09-10-11 |
148€ |
270007 |
||
21-28 de agosto |
09-10-11 |
148€ |
270008 |
||
31 de agosto-7 de septiembre |
09-10-11 |
148 € |
270009 |
||
Camp. Juv. A Devesa |
Multiaventura: medioambiente y mar |
15-24 de julio |
06-07 |
146,70 € |
270010 |
Acampada al lado del mar |
15-24 de julio |
08-09 |
146,70 € |
270011 |
|
Multiaventura: medioambiente y mar |
29 de julio-7 de agosto |
06-07 |
146,70 € |
270012 |
|
Acampada al lado del mar |
29 de julio-7 de agosto |
08-09 |
146,70 € |
270013 |
|
Endevésate con el mar |
12-21 de agosto |
07-08-09 |
146,70€ |
270014 |
|
Multiaventura: medioambiente y mar |
26 de agosto-4 de septiembre |
06-07 |
146,70€ |
270015 |
|
Acampada al lado del mar |
26 de agosto-4 de septiembre |
08-09 |
146,70 € |
270016 |
|
Cam. Juv. Os Chacotes |
Aventura-T |
15-24 de julio |
02-03-04-05 |
146,70 € |
270017 |
29 de julio-7 de agosto |
02-03-04-05 |
146,70 € |
270018 |
||
Multiaventura en Os Chacotes |
12-21 de agosto |
06-07 |
146,70€ |
270019 |
|
26 de agosto-4 de septiembre |
06-07 |
146,70 € |
270020 |
||
Ayuntamiento de Carballedo o limítrofes |
Adventure Camp |
21-28 de julio |
05-06-07 |
148 € |
270021 |
1-8 de agosto |
05-06-07 |
148 € |
270022 |
||
11-18 de agosto |
05-06-07 |
148 € |
270023 |
||
21-28 de agosto |
08-09-10 |
148 € |
270024 |
||
Albergue Municipal Quiroga |
Explora O Courel |
17- 24 de julio |
09-10-11 |
148 € |
270025 |
27 de julio-3 de agosto |
09-10-11 |
148€ |
270026 |
||
LUG 2 |
El Musical |
21-28 de julio |
05-06 |
148 € |
270027 |
31 de agosto-7 de septiembre |
05-06 |
148 € |
270028 |
||
LUG 2 |
AYCH tecnológico |
1-8 de agosto |
02-03-04-05 |
148 € |
270029 |
11-18 de agosto |
02-03-04-05 |
148 € |
270030 |
||
21-28 de agosto |
02-03-04-05 |
148 € |
270031 |
Ourense
Instalación juvenil |
Actividad |
Fecha |
Año nacimiento |
Importe plaza |
Código |
Camp. Juv. Penedos de Xacinto (Entrimo) |
Teatro y aventura en la naturaleza |
15-24 de julio |
07-08-09-10-11 |
146,70 € |
320001 |
29 de julio-7 de agosto |
07-08-09-10-11 |
146,70 € |
320002 |
||
12-21 de agosto |
07-08-09-10-11 |
146,70€ |
320003 |
||
26 de agosto-4 de septiembre |
07-08-09-10-11 |
146,70 € |
320004 |
||
Estación de montaña Manzaneda |
Manzaneda alta montaña |
2-9 de agosto |
08-09-10-11 |
148 € |
320005 |
9-16 de agosto |
08-09-10-11 |
148 € |
320006 |
||
16-23 de agosto |
05-06-07 |
148€ |
320007 |
||
23-30 de agosto |
05-06-07 |
148€ |
320008 |
||
30 de agosto-6 de septiembre |
05-06-07 |
148 € |
320009 |
||
Albergue Equal |
Danza moderna y naturaleza |
21-28 de julio |
09-10-11 |
148 € |
320010 |
1-8 de agosto |
09-10-11 |
148€ |
320011 |
||
Complejo O Corgo Muíños |
Ven a explorar con nosotros |
1-8 de agosto |
05-06-07 |
148 € |
320012 |
Albergue Juv. Vilariño de Conso |
Aventura en la montaña |
17-26 de julio |
08-09-10-11 |
185 € |
320013 |
Albergue San Xoán de Río |
Astronomía |
16-23 de julio |
09-10-11 |
148 € |
320014 |
26 de julio- 2 de agosto |
09-10-11 |
148 € |
320015 |
||
Residencia T.L. O Carballiño |
Arte y tecnología |
19-26 de julio |
09-10-11 |
148€ |
320016 |
28 de julio-4 de agosto |
09-10-11 |
148€ |
320017 |
Pontevedra
Instalación juvenil |
Actividad |
Fecha |
Año nacimiento |
Importe plaza |
Código |
Alb. Juv. As Sinas |
El mar que imaginas |
15-24 de julio |
05-06 |
193,30 € |
360001 |
29 de julio-7 de agosto |
05-06 |
193,30 € |
360002 |
||
12-21 de agosto |
02-03-04-05 |
193,30 € |
360003 |
||
26 de agosto-4 de septiembre |
02-03-04-05 |
193,30 € |
360004 |
||
Camp. Juv. Pontemaril |
Aventura en la naturaleza |
15-24 de julio |
06-07-08 |
146,70 € |
360005 |
29 de julio-7 de agosto |
06-07-08 |
146,70 € |
360006 |
||
Pequecho aventura |
21-28 de julio |
09-10-11 |
117,36 € |
360007 |
|
31 de julio 7 de agosto |
09-10-11 |
117,36 € |
360008 |
||
10-17 de agosto |
09-10-11 |
117,36€ |
360009 |
||
Aventura en la naturaleza |
12-21 de agosto |
06-07-08 |
146,70 € |
360010 |
|
26 de agosto-4 e septiembre |
06-07-08 |
146,70 € |
360011 |
||
Camp. Juv. Illa de Ons |
Illa Marabilla |
21-28 de julio |
06-07 |
117,36 € |
360012 |
1-8 de agosto |
08-09 |
117,36 € |
360013 |
||
11-18 de agosto |
08-09 |
117,36 € |
360014 |
||
21-28 de agosto |
08-09 |
117,36€ |
360015 |
||
31 de agosto-7 de septiembre |
07-08 |
117,36 € |
360016 |
||
Albergue Municipal Vicente Agulló |
Aventura + |
14-23 de agosto |
08-09-10 |
185 € |
360017 |
Colegio Cemar |
Outdoor School |
19-26 de julio |
06-07-08 |
148 € |
360018 |
Centro Educ. ambiental El Kirico (Fornelos de Montes) |
Kirico aventura |
19-25 de julio |
06-07-08 |
129,50 € |
360019 |
Granxa Escola- Albergue Tomiño |
Aventura en la granja |
9-15 de agosto |
08-09-10-11 |
129,50 € |
360020 |
16-22 de agosto |
04-05-06-07 |
129,50€ |
360021 |
||
Residencia T.L. Panxón |
Zerowaste |
6-13 de agosto |
04-05-06 |
148 € |
360022 |
15-22 de agosto |
04-05-06 |
148 € |
360023 |
||
Instituto Pol. Marítimo Pesqueiro do Atlántico (Vigo) |
Navegando en la aventura |
15-22 de agosto |
09-10-11 |
148 € |
360024 |
26 de agosto-2 de septiembre |
09-10-11 |
148 € |
360025 |
B. Campamentos de verano 2020 - Plazas reservadas para inclusión
Instalación juvenil |
Actividad |
Fecha |
Año nacimiento |
Importe plaza |
Código |
A. J. Mariña Española |
Aventura en As Mariñas |
1-8 de agosto |
09-10-11 |
148 € |
150002 |
A. J. Gandarío |
Actividades en el mar |
15-24 de julio |
03-04-05 |
193,30 € |
150006 |
29 de julio-7 de agosto |
02-03-04-05 |
193,30 € |
150007 |
||
12-21 de agosto |
06-07-08 |
193,30 € |
150008 |
||
26 de agosto -4 de septiembre |
05-06-07-08 |
193,30 € |
150009 |
||
C. X. Espiñeira |
Candilejas |
29 de julio-7 de agosto |
08-09 |
146,70 € |
150022 |
C. X. Os Chacotes |
Aventura-T |
29 de julio-7 de agosto |
02-03-04-05 |
146,70 € |
270018 |
A. J. As Sinas |
El mar que imaginas |
15-24 de julio |
05-06 |
193,30 € |
360001 |
29 de julio-7 de agosto |
05-06 |
193,30 € |
360002 |
||
12-21 de agosto |
02-03-04-05 |
193,30 € |
360003 |
||
26 de agosto -4 de septiembre |
02-03-04-05 |
193,30 € |
360004 |
||
C. X. Pontemaril |
Pequecho aventura |
21-28 julio |
09-10-11 |
117,36 € |
360007 |
Aventura en la naturaleza |
15-24 de julio |
06-07-08 |
146,70 € |
360005 |
|
29 de julio-7 de agosto |
06-07-08 |
146,70 € |
360006 |
||
12-21 de agosto |
06-07-08 |
146,70 € |
360010 |