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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Miércoles, 9 de septiembre de 2020 Pág. 35481

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 27 de agosto de 2020, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifica el acuerdo de incoación de expediente sancionador en materia de transportes terrestres (expediente XC-02824-O-2019).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación del expediente sancionador XC-02824-O-2019 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica el acuerdo de incoación dictado a la persona interesada.

Se le informa de que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se le otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que considere conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estime oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

A Coruña, 27 de agosto de 2020

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

anexo

Expediente

Matrícula

DNI/CIF denunciado

Infracción denunciada

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-02824-O-2019

CS-7428-AU

47401280M

Los extintores no van provistos de un precinto, no fueron objeto de inspecciones, no llevan una marca de conformidad o bien no llevan una marca que indique la fecha de la próxima inspección o fecha límite de utilización.

16.5.2019; 10.10; AC552; 28,0

Artículo 198.6.3 del ROTT Artículo 141.5.3 de la LOTT

Artículo 201.f) del ROTT Artículo 143.1 de la LOTT

801 euros