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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 192 Martes, 22 de septiembre de 2020 Pág. 36909

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

EXTRACTO de la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas al fomento de actividades de creación-producción o investigación con fines expositivos en el área de las Artes Plásticas y Visuales, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento CT403E).

BDNS (Identif.): 522666.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta orden las personas físicas o jurídicas privadas que, además de desarrollar profesionalmente alguna de las actividades previstas en el artículo 5 y de hacerlo mayoritariamente en Galicia, cumplan los requisitos previstos en esta orden.

2. No podrán acceder a las subvenciones previstas en esta orden las entidades públicas ni las privadas cuyo capital, patrimonio fundacional o participación en los órganos de gobierno o de dirección sea mayoritariamente público.

3. No se podrán beneficiar de las ayudas recogidas en esta orden aquellos solicitantes que se encuentren en los supuestos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto y finalidad

Constituye el objeto de esta orden, por una parte, el establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas destinadas al fomento de actividades de creación-producción o investigación con fines expositivos en el área de las Artes Plásticas y Visuales y, por otra, la convocatoria de estas ayudas para el año 2020. Código de procedimiento CT403E.

La finalidad de la ayuda es la realización de actividades de creación-producción o de investigación en el ámbito de las Artes Plásticas y Visuales, en ambos casos con una finalidad expositiva y divulgativa del trabajo artístico realizado.

Para estas ayudas, tal como recoge el artículo 3.2 del Reglamento 1407/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, el importe total concedido a una única empresa no superará los 200.000 euros durante cualquier período de los tres últimos ejercicios fiscales.

Tercero. Financiación y cuantía de las ayudas

1. Las ayudas convocadas para este año tendrán una cuantía total de doscientos mil euros (200.000 €) que se imputarán a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020 en la aplicación presupuestaria 11.20.432B.770.1. El proyecto será cofinanciado entre la persona solicitante y la Consellería de Cultura, Educación y Universidad. La ayuda máxima por persona beneficiaria que concederá la consellería será de 7.000 € por proyecto de creación-producción y 5.000 € en los proyectos de investigación, que en ningún caso podrá exceder del 80 % de la inversión total aprobada.

2. Estas ayudas son compatibles con otras ayudas y subvenciones otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, si el importe total que percibe el beneficiario no supera el porcentaje máximo de la inversión.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2020

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad