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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 9 de octubre de 2020 Pág. 39446

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 6 de octubre de 2020 por la que se establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a empresas titulares de orquestas, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021 (código de procedimiento TU500B).

BDNS (Identif.): 527151.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las entidades titulares de orquestas que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Asimismo podrán ser beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones de entidades titulares de orquestas que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la regulación de la concesión de subvenciones a empresas titulares de orquestas.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 5 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a empresas titulares de orquestas, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021 (código de procedimiento TU500B).

Cuarto. Importe

Las subvenciones relativas al objeto de esta resolución se imputarán a la aplicación presupuestaria 11.A2.761A.770.0, proyecto 2018 00002, con un crédito de 1.200.000 € para la anualidad 2020 y de 800.000 € para la anualidad 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 15 de noviembre de 2021.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2020

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de Turismo de Galicia