Yo, Elena Pereira Bernárdez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 603/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alba María Bacelo Viña contra Cerviarea Central, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
Acuerdo:
– Admitir a trámite la demanda presentada y, en consecuencia:
– Citar a las partes para que comparezcan el día 26.1.2021 a las 13.40 horas en sala 1 Pl. B, Edif. calle Berlín, para la celebración del acto de conciliación ante el/la letrado/a de la Administración de justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 26.1.2021 a las 13.45 horas, para la celebración del acto de juicio ante el/la magistrado/a, y practíquese averiguación domiciliaria y citación cautelar por edictos de la demandada, con el fin de evitar la suspensión del juicio.
– Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.
– Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, se ha dado cuenta al juez con carácter previo.
– Antes de la notificación de esta resolución a las partes, paso a dar cuenta a SSª del señalamiento efectuado.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en legal forma Cerviarea Central, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y tablón de anuncios.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, y que tiene a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, copia de la demanda y decreto de admisión de ésta y demás resoluciones y documentos que figuran en el procedimiento.
Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2020
La letrada de la Administración de justicia