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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 29 de octubre de 2020 Pág. 43042

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

EXTRACTO de la Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales y las adicciones, orientados a minimizar el impacto que la pandemia por el COVID-19 tiene en la salud mental de la población gallega (código de procedimiento SA463I).

BDNS (Identif.): 529324.

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3. b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán solicitar esta subvención las entidades del tercer sector de acción social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del tercer sector de acción social, y otras organizaciones, siempre que cumplan los siguientes requisitos señalados en el apartado 1 artículo 4 de la orden.

También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica en los términos señalados en el apartado 2 del artículo 4.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y proceder a la convocatoria de ayudas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales y las adicciones, orientados a minimizar el impacto que la pandemia por el COVID-19 tiene en la salud mental de la población gallega (código de procedimiento SA463I).

El contenido de los programas, que se desarrollarán durante el año 2020 y 2021, deberán ajustarse a las líneas de actuación indicadas en el artículo 3 de esta orden, de conformidad con la tipología de cada programa recogido en el anexo I.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales y las adicciones, orientados a minimizar el impacto que la pandemia por el COVID-19 tiene en la salud mental de la población gallega (código de procedimiento SA463I).

Cuarto. Cuantía

La cuantía total de las subvenciones que se van a conceder es de 421.746,20 €, procedentes del tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF destinado a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario, con cargo al código de proyecto 201800005 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020. Las aplicaciones presupuestarias y los créditos de cada línea quedarán desglosados de la siguiente manera:

– Línea I. Proyectos de inversión en mejoras en los centros cuya actividad principal sea el desarrollo de programas asistenciales, psicosociales o preventivos en materia de trastornos adictivos y trastornos mentales.

Importe: 155.940,66 €.

Aplicación presupuestaria: 50.01.413A.781.30.

– Línea II. Programas sociosanitarios de detección e intervención comunitaria de personas en riesgo de presentar un trastorno mental, incluidos los trastornos adictivos.

Importe: 165.805,54 €.

Aplicación presupuestaria : 50.01.413A.481.30.

– Línea III. Programas para favorecer la empleabilidad y la incorporación sociolaboral de personas con trastorno mental severo y adicciones.

Importe: 100.000,00 €.

Aplicación presupuestaria: 50.01.413A.481.30.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Para poder ser beneficiaria de las subvenciones deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que, a título exclusivamente informativo, figura como anexo de la orden y que estará disponible tanto en la guía de procedimientos (https://sede.xunta. gal/ guia-de-procedimientos) como en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta. gal) con el código SA463I.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2020

Julio García Comesaña
Conselleiro de Sanidad