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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Miércoles, 25 de noviembre de 2020 Pág. 46549

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1294/2017).

Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1294/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Leticia Iglesias Viñuales contra Skala Coruña, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se han dictado resolución el 20.10.2020 donde consta en el fallo:

«Se estima la demanda formulada por Leticia Iglesias Viñuela frente a la empresa Skala Coruña, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Skala Coruña, S.L. a abonar a la demandante la cantidad de mil quinientos cincuenta y cinco euros con cincuenta y ocho céntimos de euro (1.055,58 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Skala Coruña, S.L., expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 3 de noviembre de 2020