Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 250 Lunes, 14 de diciembre de 2020 Pág. 48825

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

ORDEN de 11 de diciembre de 2020 por la que se amplía la dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en la Orden de 9 de julio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2020-2021.

En el DOG núm. 147, de 23 de julio de 2020, se publicó la Orden de 9 de julio 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2020-2021 (códigos de procedimiento TR341K, TR341E, TR341N y TR341M).

Dicha Orden de 9 de julio de 2020, de conformidad con lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, establece la posibilidad de ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles. El incremento del crédito está condicionado a la declaración de disponibilidad como consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, procedentes de créditos incorporados de fondos finalistas del Servicio Público de Empleo Estatal, y con la finalidad de hacer llegar las ayudas al mayor número posible de centros especiales de empleo, es conveniente ampliar los créditos consignados en el artículo 50.1 de dicha Orden de 9 de julio de 2020.

Las ayudas a centros especiales de empleo, regladas en la citada Orden de 9 de julio de 2020, se estructuran en tres programas. Mediante Resolución de la Dirección General de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social se reasignaron créditos sobrantes del programa II (anualidad 2020) a los programas I y III. Los créditos que se amplían mediante esta orden tienen en cuenta las cantidades reasignadas.

Por todo lo expuesto, previa aprobación del Consello de la Xunta y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Ampliación del crédito presupuestario

Se amplía el crédito consignado para los programas I, II y III en el artículo 50.1 de la Orden de 9 de julio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para las anualidades 2020-2021, en las siguientes cuantías:

Procedimientos

Aplicaciones

por programas de ayudas

Importe de la ampliación

2020

2021

Total 2020-21

TR341K

09.40.324C.470.3

0,00

75.000,00

75.000,00

09.40.324C.481.3

0,00

5.000,00

5.000,00

Programa I (ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional)

0,00

80.000,00

80.000,00

TR341E

TR341N

09.40.324C.470.3

0,00

0,00

09.40.324C.481.3

0,00

75.000,00

75.000,00

Programa II (ayudas a la creación de puestos estables, adaptación de puestos y asistencia técnica)

0,00

75.000,00

75.000,00

TR341M

09.40.324C.470.4

400.000,00

1.500.000,00

1.900.000,00

09.40.324C.481.4

10.000,00

220.000,00

230.000,00

Programa III (ayudas al coste salarial de las personas con discapacidad)

410.000,00

1.720.000,00

2.130.000,00

Total CEE 2020-2021

410.000,00

1.875.000,00

2.285.000,00

En la siguiente tabla se reproducen los importes de los créditos de la convocatoria de ayudas a centros especiales de empleo para las anualidades 2020-2021, indicando los importes iniciales, la reasignación de crédito de la anualidad 2020, la ampliación de las anualidades 2020 y 2021 y los importes finales para cada programa de ayudas, pormenorizados por anualidades y aplicaciones presupuestarias.

Código de proyecto 2018 00099. Sección: 09. Servicio: 40. Programa de gasto: 324C.

Aplicaciones

Crédito inicial

Reasignación

Ampliación

Importe final

2020

2021

Total

2020-2021

2020

2020

2021

2020

2021

Total

2020-2021

Progr. I

470.3

324.000

569.000

893.000

 

75.000

324.000

644.000

968.000

481.3

40.000

74.000

114.000

5.000

 

5.000

45.000

79.000

124.000

Total

364.000

643.000

1.007.000

5.000

80.000

369.000

723.000

1.092.000

Progr. II

470.3

303.000

707.700

1.010.700

-150.000

 

 

153.000

707.700

860.700

481.3

28.000

49.300

77.300

-15.000

 

75.000

13.000

124.300

137.300

Total

331.000

757.000

1.088.000

-165.000

75.000

166.000

832.000

998.000

Progr. III

470.4

4.985.000

9.100.000

14.085.000

150.000

400.000

1.500.000

5.535.000

10.600.000

16.135.000

481.4

400.000

600.000

1.000.000

10.000

10.000

220.000

420.000

820.000

1.240.000

Total

5.385.000

9.700.000

15.085.000

160.000

410.000

1.720.000

5.955.000

11.420.000

17.375.000

Total CEE 2020-2021

6.080.000

11.100.000

17.180.000

0

410.000

1.875.000

6.490.000

12.975.000

19.465.000

Artículo 2. Plazo de solicitudes

Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2020

María Jesús Lorenzana
Conselleira de Empleo e Igualdad