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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Martes, 12 de enero de 2021 Pág. 1270

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 22 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento MT809D).

BDNS (Identif.): 543561.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Línea para la prevención de daños ocasionados por el lobo y oso:

Se podrán acoger a estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas del tipo de ganado bovino, ovino, caprino, porcino de la raza Celta, equino y apícola que figuren incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega) de Galicia.

2. Línea para prevención de daños ocasionados por el jabalí.

Se podrán acoger a estas ayudas:

a) Las personas físicas o jurídicas que ejercen la actividad agraria y estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga).

b) Las explotaciones agrarias destinadas al autoconsumo.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas afectadas por los ataques de especies de fauna silvestre (lobo, oso y jabalí), con la finalidad de fomentar la aplicación de medidas de protección, para lo cual se incentivará la adquisición de elementos preventivos de los daños que puedan ocasionar estas especies, y proceder a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento MT809D).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 22 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento MT809D).

Cuarto. Cuantía

a) Línea de prevención de daños ocasionados por el lobo: comprenderá hasta un importe de trescientos mil euros (300.000 €, de los cuales 200.000 € se destinarán para la adquisición de perros protectores y defensores del ganado, pastores eléctricos y cercas móviles de malla electrificada, y 100.000 € se destinarán para la adquisición e instalación de vallados fijos).

b) Línea de prevención de daños ocasionados por el oso: comprenderá hasta un importe de treinta mil euros (30.000 €) que se destinarán para la adquisición de pastores eléctricos.

c) Línea de prevención de daños ocasionados por el jabalí: comprenderá hasta un importe de ciento veinte mil euros (150.000 €) que se destinarán para la adquisición de pastores eléctricos.

El reparto anterior se aplicará sin perjuicio de que, una vez atendidas todas las solicitudes para cada línea de actuación, pueda utilizarse el posible presupuesto sobrante en una de ellas para atender solicitudes en la otra.

Se subvencionará la adquisición de:

1. Perros para la protección y defensa del ganado, hasta un importe máximo de 500 € por perro.

2. Adquisición de pastores eléctricos. La cuantía máxima de la ayuda por explotación es de 600 €.

3. Adquisición de cercas móviles de malla electrificada. La cuantía máxima de la ayuda será de 100 € por malla de 50 m, hasta un máximo de 8 mallas por explotación.

4. Adquisición de vallados fijos electrificados. El importe máximo de la ayuda será de 3,00 € por metro lineal hasta un máximo de 1.500 € por vallado.

5. Vallados fijos con malla ganadera o cinegética metálica. La cuantía máxima de la ayuda será de 3,70 € por metro lineal hasta un máximo de 3.700 € por vallado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG.

Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2020

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda