Antecedentes.
Primero. El día 13 de enero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (número 7) el Anuncio de 3 de enero 2020 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción denominado Reforma de la intersección del punto kilométrico 6+000 de la AC-840 en Oza-Cesuras, de clave AC/18/137.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.
Segundo. Tras los análisis de los informes y certificados presentados, el 10 de julio de 2020 se aprueba el expediente de información pública y posteriormente con fecha 23 de noviembre de 2020 se aprueba definitivamente el proyecto de construcción denominado Reforma de la intersección del punto kilométrico 6+000 de la AC-840 en Oza-Cesuras, de clave AC/18/137.06.
La actuación objeto de este proyecto consiste en la reordenación de la intersección existente en el punto kilométrico 6+000 de la carretera AC-840 (Betanzos-límite de provincia en Agolada) que conecta la carretera AC-840 con los núcleos de Carraceda, A Picha, O Corvo y A Fonte da Viña, con el fin de mejorar la seguridad vial en este punto.
La actuación consiste en la mejora de las incorporaciones desde el camino de Carraceda a la AC-840 y desde la AC-840 al camino, para lo cual se diseñan carriles de aceleración y desaceleración de 3,50 m de ancho, así como dos carriles centrales de espera de 3 m de ancho que permiten los giros a la izquierda. Para la ejecución de estos carriles es necesaria la ampliación de la calzada existente.
La obra está situada en su totalidad en el Ayuntamiento de Oza-Cesuras, entre el núcleo rural de Porzomillos y el núcleo urbano de Oza dos Ríos.
La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.
Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diecisiete de diciembre de dos mil veinte,
DISPONGO:
Artículo único
Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción denominado Reforma de la intersección del punto kilométrico 6+000 de la AC-840 en Oza-Cesuras, de clave AC/18/137.06.
Santiago de Compostela, diecisiete de diciembre de dos mil veinte
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad