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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 22 de enero de 2021 Pág. 4031

III. Otras disposiciones

Consejo de Cuentas de Galicia

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020 por la que se ordena la publicación del Acuerdo de 22 de diciembre de 2020 por el que se resuelve la convocatoria del I Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz.

Por acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, de 23 de septiembre de 2020, se creó el Premio Carlos G. Otero Díaz para promover la investigación en materias relacionadas con la prevención de la corrupción en las administraciones públicas y se aprobaron sus bases reguladoras (DOG núm. 215, de 12 de noviembre de 2019).

Por acuerdo del mismo órgano, de 6 de marzo de 2020, se convocó el I Premio Carlos G. Otero Díaz y se designó al jurado (DOG núm. 80, de 27 de abril de 2020).

Valorados los trabajos presentados, el jurado emitió su decisión el día 26 de noviembre de 2020 y elevó su propuesta al Pleno que adoptó el acuerdo de concesión en la sesión del día 22 de diciembre de 2020.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la base 12 del Acuerdo del Pleno por el que se crea el Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz y se establecen las bases reguladoras para su concesión,

RESUELVO:

Ordenar la publicación del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, de 22 de diciembre de 2020, por el que se acuerda la concesión del I Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz, como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2020

José Antonio Redondo López
Consejero mayor del Consejo de Cuentas de Galicia

ANEXO

Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, de 22 de diciembre de 2020, por el que se concede el I Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz

Primero. No valorar los siguientes trabajos de investigación, por las causas que se exponen a continuación:

– «Análisis de los Fondos Europeos para Innovación Regional: Evaluación de la Ejecución del Fondo Tecnológico y del Programa Feder-Innterconecta para Galicia en 2007 2015», presentado bajo el seudónimo Sísifo, al presentar el anexo II en un sobre abierto, incumpliendo lo dispuesto en la letra c) de la base 6.2 del Acuerdo del pleno por el que se establecen las bases reguladoras del premio.

– «Hacia una Administración local ética, responsable y eficiente» presentado bajo el seudónimo Maalcava, al no tener la extensión mínima de 100 folios exigida por la base 7 de las bases reguladoras del premio.

– «Galicia. Uruguay. La vanguardia artística gallega en el Río de la Plata. 1930-1940» presentado bajo el seudónimo Caridad De Las Heras, ya que el contenido del trabajo no guarda relación con la prevención de la corrupción en las administraciones públicas, tal y como exige la base 1 de las bases reguladoras del premio.

Segundo. Declarar desiertos el primer y segundo premios y conceder un accésit a José Antonio Fernández Ajenjo, autor del trabajo titulado «Instituciones de investigación administrativa y auditoría forense para la prevención del fraude y la corrupción en las administraciones públicas» presentado bajo el seudónimo AAA, por las siguientes razones, entendiendo que se cumplen los criterios de valoración previstos en la base 10 de las bases reguladoras:

– La estructura del trabajo responde a una selección de instituciones vinculadas a las investigaciones administrativas de naturaleza preventiva en la lucha contra la corrupción. Se presenta mediante un estilo narrativo original, como reconoce el autor «a medio camino entre un manual básico en la materia y una guía de buenas prácticas» mediante la técnica de párrafos monotemáticos que suelen ir acompañados por alguna nota ejemplificativa, renunciando a un texto literariamente más elaborado.

– Se destaca entre las principales aportaciones del texto la presentación de los conceptos fundamentales y los principales instrumentos jurídicos, explicados de una manera muy directa y sintética, junto a una jurisprudencia muy actual, incluyendo la europea, así como la mención en notas de referencias ejemplificativas de las distintas aportaciones autonómicas.

– Todo ello hace que estemos ante una obra de gran utilidad práctica para los estudiosos de las experiencias normativas sobre prevención de la corrupción y las más recientes resoluciones de nuestros tribunales de justicia administrativa o constitucional.

Tercero. Comunicar al autor del trabajo a concesión del accésit a su dirección electrónica, tras prestar su consentimiento expreso previsto a tal efecto en el anexo II de la convocatoria.

Cuarto. Proceder al pago del importe del accésit (1.000 euros) con cargo a la partida presupuestaria 02.01.111C.481.01, mediante la tramitación del correspondiente expediente de gasto, según lo previsto en la normativa económico-financiera de aplicación.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 91.2 del Reglamento de régimen interior del Consejo de Cuentas, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2.a) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.