A los efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo, en relación con el procedimiento abreviado número 342/2020, interpuesto por Lucía Fernández García, contra la desestimación por silencio administrativo del recurso extraordinario de revisión, interpuesto contra la resolución dictada por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el 6.11.2015, en la que se ordena la restitución de las cosas y su reposición al estado anterior al de la comisión de la infracción, procediendo a la demolición de las obras de construcción de una edificación y una parrilla en el lugar de Area Brava, ayuntamiento de Cangas, dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, expediente POL/148/2014, en un plazo de tres meses, así como del resto de las resoluciones derivadas de dicha resolución, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas –LPACAP–, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a Lino José Muíños Vázquez para que pueda personarse como interesado en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 11 de enero de 2021
Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística