Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 3 de febrero de 2021 Pág. 6867

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2021, de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se anuncia, con carácter voluntario y gratuito, la convocatoria de cursos de lengua gallega preparatorios de las pruebas para obtener los certificados de lengua gallega Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4 (código de procedimiento PL600A).

La Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, de acuerdo con lo que establecen la Constitución española y el Estatuto de autonomía de Galicia, dispone que el gallego es lengua oficial en Galicia. En consonancia con esto, le reconoce a la ciudadanía el derecho de conocerlo y de usarlo, pero no estaría garantizado ese derecho si la ciudadanía no tuviese la posibilidad de aumentar (o iniciar, en su caso) el conocimiento y el dominio de la lengua propia de Galicia.

El Plan general de normalización de la lengua gallega, aprobado por unanimidad en el Parlamento de Galicia el día 21 de septiembre de 2004, contiene, entre otras, varias medidas dirigidas a las personas adultas y al resto de la sociedad encaminadas a renovar la política lingüística con respecto al uso del gallego, adecuándola a los tiempos actuales, con el fin de equilibrar una situación social de desigualdad entre el castellano y el gallego, lo que exige medidas favorables a este último para alcanzar ese equilibrio.

El Decreto 198/2020, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, le atribuye a esta las competencias y funciones en materia de promoción y enseñanza de la lengua gallega, así como la dirección, planificación, coordinación y ejecución de la política lingüística de la Xunta de Galicia. Dentro de la estructura de la consellería, conforme a lo dispuesto en dicho decreto, es la Secretaría General de Política Lingüística el órgano encargado de ejecutar aquellas acciones necesarias para desarrollar las competencias sobre política lingüística atribuidas a la consellería y, más concretamente, se le atribuye la función de coordinación y gestión de las actividades de formación y promoción de la lengua gallega, así como la autorización y homologación de cursos, seminarios, encuentros y congresos de formación de lengua gallega y/o de lenguajes específicos, y la gestión de las certificaciones de aptitud del alumnado, cuando proceda.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero. Objeto

Convocar, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatorios de las pruebas para obtener los certificados de lengua gallega (Celga), niveles 1, 2, 3 y 4, con código de procedimiento administrativo PL600A.

Los cursos que se convocan en la modalidad presencial se relacionan en el anexo II (niveles Celga 3 y 4) y los que se convocan en la modalidad en línea se relacionan en el anexo III (niveles Celga 1, 2, 3 y 4).

Segundo. Personas destinatarias

1. Los cursos preparatorios para los certificados de lengua gallega (Celga) podrán ser solicitados por todas las personas mayores de dieciséis años o por aquellas que los cumplan en el año natural de la convocatoria, que deseen mejorar su conocimiento y dominio del gallego y preparar las pruebas que la Secretaría General de Política Lingüística convoca periódicamente para certificar la competencia en esta lengua.

2. En el caso de los cursos en línea, las personas solicitantes deberán disponer de un equipo informático que cumpla, como mínimo, los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– La cuenta de correo electrónico especificada en la solicitud.

– Un micrófono o cualquier medio alternativo que permita la grabación de voz.

Como navegador web, se recomienda tener instalada la última versión de Firefox.

3. Para solicitar un curso en línea de Celga 2, Celga 3 o Celga 4 será requisito indispensable lo siguiente:

a) Si se solicita un curso destinado a la población que reside en Galicia, la persona deberá estar empadronada en alguno de los ayuntamientos de la provincia gallega correspondiente.

b) Si se solicita un curso destinado al resto de la población, la persona deberá estar empadronada fuera de Galicia.

Tercero. Solicitudes y plazo

1. Para conseguir el rendimiento adecuado y el aprovechamiento del curso hay que procurar la homogeneidad de los conocimientos del alumnado. Por lo tanto, a la hora de formular la solicitud de un curso de un determinado nivel Celga, se deberá tener en cuenta la definición de contenidos previstos en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 146, de 30 de julio (corrección de errores en el DOG núm. 178, de 13 de septiembre).

2. En el caso de los cursos presenciales:

Las personas que deseen participar en estos cursos deberán cubrir el formulario de solicitud, según el modelo PL600A, que se publica como anexo I, y dirigirlo a la jefatura territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad de la provincia que corresponda. Los formularios de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección https://sede.xunta.gal.

En caso de que una persona precise apoyo para realizar el curso presencial debido a una discapacidad, indicará en su solicitud el apoyo concreto que necesita, cuya concesión será valorada por la Secretaría General de Política Lingüística.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

3. En el caso de los cursos en línea:

Las personas que deseen participar en estos cursos deberán cubrir el formulario de solicitud, según el modelo PL600A, que se publica como anexo I, y dirigirlo a la Secretaría General de Política Lingüística. Los formularios de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección https://sede.xunta.gal.

En aplicación de lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y del artículo 10.2 de la Ley 4/2019, de administración digital de Galicia (DOG núm. 141, de 26 de julio), las personas que deseen participar en uno de estos cursos en línea deben disponer de un equipo informático con los requisitos técnicos señalados en el punto 2.2, lo que implica que cuentan con la capacidad técnica para acceder y disponer de los medios electrónicos necesarios. Por lo tanto, las solicitudes de los cursos en línea se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

4. Solo se podrá presentar una única solicitud y solicitar un único curso por persona, aunque sean de modalidades distintas. De existir más de una solicitud de la misma persona o de solicitar esta más de un curso, se anularán todas sus peticiones.

5. El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Cuarto. Documentación complementaria en el caso de precisar apoyo para realizar un curso presencial a causa de una discapacidad

1. De precisar apoyo para realizar un curso presencial a causa de una discapacidad, las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

– Copia del certificado de discapacidad expedido por una Administración distinta de la de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su caso.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se hubiesen podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Quinto. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) Certificado de residencia con fecha de la última variación padronal de la persona residente en Galicia que solicita un curso en línea de Celga 2, Celga 3 o Celga 4.

Si se solicita un curso presencial, se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

– Certificado de discapacidad expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Sexto. Publicación del alumnado seleccionado

1. La Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web
(http://www.lingua.gal) una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de alegaciones será de cinco días naturales desde su publicación. Se entenderá que las personas que no figuren en la relación es porque ocupan un puesto más alejado en la lista de espera o bien porque fueron excluidas por incumplir los requisitos establecidos o presentar las solicitudes fuera de plazo.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web (http://www.lingua.gal) la lista definitiva de personas admitidas en los cursos.

Séptimo. Asignación de las plazas

1. Todos los cursos tendrán un número mínimo de 15 participantes y un número máximo de 30, excepto los cursos del Celga 1, que tendrán un número máximo de 50 participantes.

La Secretaría General de Política Lingüística podrá autorizar expresamente la realización de cursos que no alcancen el número mínimo de participantes. Asimismo, podrá realizar más de una edición del curso o cursos que tengan una demanda muy superior al número máximo de participantes.

Si un curso tiene más solicitantes que plazas disponibles, la asignación se hará por orden de entrada de las solicitudes. En caso de que entren varias al mismo tiempo, se utilizará el criterio del orden alfabético.

Si un curso en línea tiene menos de 30 solicitantes y otros cursos del mismo nivel tienen más de 30, se llevará a cabo una redistribución de las personas solicitantes según el orden de entrada.

2. Si las circunstancias excepcionales relacionadas con la pandemia provocada por la COVID-19 impidiesen la impartición de los cursos presenciales, la Secretaría General de Política Lingüística podrá sustituirlos por cursos en línea.

Octavo. Asistencia

1. En los cursos presenciales, el profesorado llevará un control de asistencia del alumnado. Si durante los dos primeros días del curso las personas inscritas se dan de baja o no asisten, esas plazas deberán ofrecérseles, por orden, a las personas solicitantes que figuren en la lista de espera hasta completar, a ser posible, el número máximo de plazas ofertadas. A estos efectos, el tercer día del curso, el profesorado le deberá remitir al gabinete provincial de normalización lingüística la lista definitiva de asistentes.

En caso de que alguna de las personas asistentes altere el normal desarrollo del curso, la Secretaría General de Política Lingüística, tras recibir el informe correspondiente del profesorado y darle audiencia a la persona interesada, podrá proceder a su expulsión.

2. En los cursos en línea, las personas inscritas serán dadas de baja si durante los tres primeros días del curso no acceden a la plataforma y si durante la primera semana no realizan la mayoría de las tareas de la primera unidad didáctica.

Noveno. Duración

Con carácter general, cada curso tendrá una duración de 70 horas lectivas. En los cursos presenciales, estas se distribuirán en sesiones de dos horas y media, de lunes a jueves. En caso de suspenderse alguna sesión por coincidir con una festividad local o por otra circunstancia, esta se recuperará a lo largo del curso.

Décimo. Contenido

Los cursos se ajustarán a los objetivos, al programa y al contenido curricular establecidos para cada uno de los niveles Celga señalados en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga).

Todas las actividades que se realicen en estos cursos se harán en gallego y se atendrán, en lo referente a la normativa y al uso correcto del idioma, a lo establecido por la Real Academia Gallega en la sesión plenaria de 12 de julio de 2003, de conformidad con la disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística. Del mismo modo, se cuidará especialmente el respeto riguroso de la toponimia oficial en los términos previstos en el artículo 10 de la citada ley.

La realización de los cursos no dará derecho a ningún tipo de certificación, pues se trata de cursos de carácter preparatorio de las pruebas conducentes a la obtención de los certificados de lengua gallega (Celga).

Decimoprimero. Notificaciones

1. Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía. Las personas interesadas que no estén obligadas a recibir notificaciones electrónicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

2. La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad escogida para la notificación (electrónica o en papel) en el formulario. En caso de optar por la notificación en papel se practicará la notificación según lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

3. De conformidad con el artículo 45.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las notificaciones electrónicas se practicarán mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y a través del Sistema de notificaciones electrónicas de Galicia, Notifica.gal. Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

En el caso de personas interesadas obligadas a recibir notificaciones solo por medios electrónicos deberán optar en todo caso, en el formulario, por la notificación por medios electrónicos, sin que sea válida, ni produzca efectos en el procedimiento, una opción diferente.

4. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuese expresamente elegida por la persona interesada, se entenderá rechazada cuando hubiesen transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

5. Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, se practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Decimosegundo. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia les permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica también podrán realizarse dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Decimotercero. Recursos contra la resolución de convocatoria de los cursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, todas las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 18 de enero de 2021

Valentín García Gómez
Secretario general de Política Lingüística

missing image file
missing image file

ANEXO II

Programación de cursos Celga presenciales

Provincia de A Coruña.

Localidad

Celga 3

Celga 4

Coruña, A

Código: CL420211503001

Lugar: Escuela Oficial de Idiomas de A Coruña

Calle Educación, s/n

Fechas: del 15.3.2021 al 6.5.2021

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 h

Ferrol

Código: CL420211503601

Lugar: IES Concepción Arenal

Calle Cuntis, s/n

Fechas: del 15.3.2021 al 6.5.2021

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 h

Santiago de Compostela

Código: CL420211507801

Lugar: IES Arcebispo Xelmírez I

Calle Poza de Bar, s/n

Fechas: del 15.3.2021 al 6.5.2021

Horario: de lunes a jueves, de 19.00 a 21.30 h

Provincia de Lugo.

Localidad

Celga 3

Celga 4

Lugo

Código: CL320212702801

Lugar: edificio administrativo Multiusos

Ronda de la Muralla, 70

Fechas: del 15.3.2021 al 6.5.2021

Horario: de lunes a jueves, de 18.00 a 20.30 h

Provincia de Pontevedra.

Localidad

Celga 3

Celga 4

Pontevedra

Código: CL320213603801

Lugar: IES Frei Martín Sarmiento

Avenida de Vigo, 23

Fechas: del 15.3.2021 al6.5.2021

Horario: de lunes a jueves, de 19.00 a 21.30 h

Vigo

Código: CL420213605701

Lugar: IES Ricardo Mella

Carretera Vieja de Madrid, 177

Fechas: del 15.3.2021 al 6.5.2021

Horario: de lunes a jueves, de 19.00 a 21.30 h

ANEXO III

Programación de cursos Celga en línea

Cursos Celga 1.

Código

Fechas

CL12021SA-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL12021SA-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL12021SA-3

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Cursos Celga 2.

Ámbito geográfico

Código

Fechas

Provincia de A Coruña

CL22021CO-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Lugo

CL22021LU-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Ourense

CL22021OU-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Pontevedra

CL22021PO-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Resto

CL22021EX-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Cursos Celga 3.

Ámbito geográfico

Código

Fechas

Provincia de A Coruña

CL32021CO-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL32021CO-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Lugo

CL32021LU-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Ourense

CL32021OU-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Pontevedra

CL32021PO-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Resto

CL32021EX-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Cursos Celga 4.

Ámbito geográfico

Código

Fechas

Provincia de A Coruña

CL42021CO-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021CO-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021CO-3

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021CO-4

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021CO-5

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Lugo

CL42021LU-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021LU-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Ourense

CL42021OU-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021OU-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Provincia de Pontevedra

CL42021PO-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021PO-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

Resto

CL42021EX-1

Del 15.3.2021 al 6.5.2021

CL42021EX-2

Del 15.3.2021 al 6.5.2021