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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miércoles, 3 de marzo de 2021 Pág. 12763

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

EDICTO (459/2019).

Yo, María Regina Domínguez Cougil, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, hago saber que en el presente procedimiento, seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria frente a Robert Stived Carretero Orozco, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Ourense, 2 de febrero de 2021.

Vistos por María Teresa Marcos Mariño, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el número 459/2019 entre partes, de una, como demandante, la mercantil Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el procurador de los tribunales Diego Rúa Sobrino, sustituido por Paula Cadaveira, y asistida de la letrada Miriam Torrico Alonso, sustituida por Victoria Diéguez, y de otra, como demandado, Robert Stived Carretero Orozco (DNI 049707506K), en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad por contrato de préstamo suscrito.

Parte dispositiva.

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Diego Rúa Sobrino, en nombre y representación de la mercantil Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., y de otra, como demandado, Robert Stived Carretero Orozco (DNI 049707506K) en situación procesal de rebeldía, declaro haber lugar a la misma, condenando al demandado a pagar a la demandante la suma de veintisiete mil quinientos sesenta y nueve euros con ochenta y cinco céntimos (27.569,85 €), más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda.

Se impone el pago de las costas procesales a la parte demandada, conforme a lo previsto en el artículo 394 de la LEC.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días contado desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y al estar dicho demandado Robert Stived Carretero Orozco, en paradero desconocido, se expide el presente edicto con el fin de que le sirva de notificación en forma.

Ourense, 5 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia