Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 564/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Río Fandiño contra Carrocería Castrosúa, S.A. y Axis Specialty Europe, S.E., sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva dice:
Acuerdo: tener por desistida a la parte demandante de su demanda acordando el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos.
Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación (art. 188.2 de la LJS).
Y para que sirva de notificación en legal forma a Axis Specialty Europe, S.E., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG y tablón de anuncios.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2021
La letrada de la Administración de justicia