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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Martes, 23 de marzo de 2021 Pág. 15921

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 18 de marzo de 2021 por la que se procede a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de la Orden de 31 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2021 de las ayudas, en concurrencia competitiva, destinadas al impulso al buen gobierno en las comunidades de montes vecinales en mano común, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MR651C).

El día 9 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 26 la Orden de 31 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2021 de las ayudas, en concurrencia competitiva, destinadas al impulso al buen gobierno en las comunidades de montes vecinales en mano común, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MR651C).

El plazo para la presentación de solicitudes era de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, terminando el proximo día 24 de marzo de 2021.

La expansión del SARS-Cov-2 generó una crisis sanitaria sin precedentes recientes que motivó la declaración de un nuevo estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por este virus mediante el Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, que se prorrogó hasta el 9 de mayo de 2021 conforme al artículo 2 del Real decreto 956/2020, de 3 de noviembre.

En el momento actual, la situación epidemiológica y sanitaria de Galicia determina la adopción y el mantenimiento de medidas en el territorio de la Comunidad Autónoma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2. De hecho, en el Decreto 31/2021, de 25 de febrero, de la Presidencia de la Xunta de Galicia, y en la Orden de 25 de febrero de 2021, de la Consellería de Sanidad, se mantienen la mayoría de las medidas de prevención específicas que abarcan, entre otras, la limitación de reuniones.

Debido a estas circunstancias, y teniendo en cuenta que dicha convocatoria va dirigida exclusivamente a comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC), que constituyen una forma de propiedad en común de naturaleza germánica que requiere reuniones de personas no convivientes para toma de decisiones, dificulta mucho la presentación de solicitudes de ayuda por parte de las CMVMC.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en uso de las facultades que confieren los artículos 7 y 14 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su presidencia, y demás normativa concurrente,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del plazo de presentación de solicitudes

Modificar el número 1 del artículo 10 en lo referente al plazo de presentación de solicitudes, pasando a ser el plazo de presentación de solicitudes de cuarenta y cinco días hábiles.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 2021

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural