Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Martes, 6 de abril de 2021 Pág. 17921

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2021 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 21 de octubre de 2020 por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la atracción y retención de talento investigador en la categoría de personal investigador distinguido en las universidades del Sistema universitario de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (códigos de procedimiento ED431H y ED431I).

La Orden de 31 de diciembre de 2019 (DOG núm. 36, de 21 de febrero de 2020), modificada por la Orden de 7 de octubre de 2020 (DOG núm. 208, de 15 de octubre), establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para la atracción y retención de talento investigador en la categoría de personal investigador distinguido en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Mediante la Resolución de 21 de octubre de 2020 (DOG núm. 221, de 2 de noviembre), se adjudicaron estas ayudas.

En el artículo 20 de la orden de convocatoria se indica que en caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción de la relación laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla a la Secretaría General de Universidades y que en ambas modalidades se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes del 1 de octubre de 2021. También se indica que estas renuncias solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera de la modalidad en que se produzcan y la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones por el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de las bases de la convocatoria y atendiendo a las renuncias que se le comunicaron a la Secretaría General de Universidades,

RESUELVO:

Primero. Aceptar las renuncias presentadas por las universidades del SUG a las ayudas para la atracción y retención de talento investigador en la categoría de personal investigador distinguido que se indican a continuación:

Modalidad de atracción:

Universidad

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

Fecha de renuncia

USC

Corbett

 

Tyler

No firmó contrato

UVigo

Franco

Rodil

Iván

No firmó contrato

UVigo

Izquierdo

García

José Luis

No firmó contrato

UVigo

Troncoso

Pastoriza

Juan Ramón

No firmó contrato

UDC

Mosquera

Mosquera

Jesús

30.4.2021

Modalidad de retención:

Universidad

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

Fecha de renuncia

UDC

García

González

Marcos

No firmó contrato

Segundo. Aceptar la renuncia de la lista de espera que se indica a continuación:

Universidad

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

Modalidad

USC

Al-Massadi

Iglesias

Omar

Atracción

Tercero. Adjudicar las ayudas a las universidades y personas candidatas de la lista de espera de las modalidades de atracción y retención que se indican a continuación, por un período de cuatro años:

Modalidad de atracción:

Nº exp.

Universidad

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

ED431H 2020/08

UVigo

Puértolas

Lacambra

Begoña

ED431H 2020/10

UDC

Álvarez

Estévez

Diego

ED431H 2020/24

USC

Cristóbal

Roselló

Jordi

ED431H 2020/19

UDC

Brea

Fernández

Roberto Javier

Modalidad de retención:

Nº exp.

Universidad

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

ED431I 2020/11

USC

Balboa

Méndez

Sabela

Cuarto. La fecha de comienzo de los contratos será el 16 de abril de 2021, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la convocatoria.

Quinto. Declarar extinguida la lista de espera de la modalidad de atracción al no haber más personas candidatas y actualizar la de la modalidad de retención, tal como se indica a continuación:

Nº exp.

Universidad

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

ED431I 2020/13

USC

Mascato

Rey

Rosario

ED431I 2020/14

USC

Mauricio

Iglesias

Miguel

Sexto. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas para las anualidades 2021 a 2025 entre las universidades beneficiarias, de acuerdo con las renuncias y las nuevas adjudicaciones:

Mod.

Aplic. presup.

Univ.

Crédito (en euros)

2021

2022

2023

2024

2025

Total

Atracción

10.20.561B.444.0

UDC

5

161.611,11

204.000,00

204.000,00

204.000,00

64.444,45

838.055,56

USC

3

115.194,44

153.000,00

153.000,00

153.000,00

36.805,56

611.000,00

Uvigo

2

66.583,33

102.000,00

102.000,00

102.000,00

35.416,67

408.000,00

 

10

343.388,88

459.000,00

459.000,00

459.000,00

136.666,68

1.857.055,56

Retención

10.20.561B.444.0

UDC

0

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

USC

2

66.583,33

102.000,00

102.000,00

102.000,00

35.416,67

408.000,00

Uvigo

3

144.166,68

153.000,00

153.000,00

153.000,00

5.833,32

609.000,00

 

5

210.750,01

255.000,00

255.000,00

255.000,00

41.249,99

1.017.000,00

Total 10.20.561B.444.0

15

554.138,89

714.000,00

714.000,00

714.000,00

177.916,67

2.874.055,56

Atracción

10.20.561B.744.0

UDC

5

200.000,00

160.000,00

160.000,00

160.000,00

0,00

680.000,00

USC

3

120.000,00

120.000,00

120.000,00

120.000,00

0,00

480.000,00

Uvigo

2

80.000,00

80.000,00

80.000,00

80.000,00

0,00

320.000,00

 

10

400.000,00

360.000,00

360.000,00

360.000,00

0,00

1.480.000,00

Retención

10.20.561B.744.0

UDC

0

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

USC

2

40.000,00

40.000,00

40.000,00

40.000,00

0,00

160.000,00

Uvigo

3

60.000,00

60.000,00

60.000,00

60.000,00

0,00

240.000,00

 

5

100.000,00

100.000,00

100.000,00

100.000,00

0,00

400.000,00

Total 10.20.561B.744.0

15

500.000,00

460.000,00

460.000,00

460.000,00

0,00

1.880.000,00

Total convocatoria

15

1.054.138,89

1.174.000,00

1.174.000,00

1.174.000,00

177.916,67

4.754.055,56

Séptimo. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de su notificación, y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Octavo. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se haya presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Noveno. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2021

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad