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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Viernes, 23 de abril de 2021 Pág. 20630

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

EDICTO (310/2018).

Yo, María Regina Domínguez Cougil, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primeira Instancia número 1 de Ourense, anuncio que en el presente procedimiento seguido a instancia de I.C.O.N. Europe, S.L. frente a Manuel de Jesús González Villar se ha dictado sentencia, cuyo encabezado y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia

Ourense, 27 de mayo de 2019.

Vistos por María del Pilar Domínguez Comesaña, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, los presentes autos de juicio verbal registrados con número 310/2018, seguidos a iniciativa de I.C.O.N. Europe, S.L. quien actúa representada por la procuradora Eva Álvarez Coscolín y defendida por el letrado Eduardo Belín Vilela frente a Manuel de Jesús González Villar, en situación de rebeldía procesal. Versan los presentes autos sobre reclamación cantidad.

Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Eva Álvarez Coscolín en representación de I.C.O.N. Europe, S.L. contra Manuel de Jesús González Villar, se condena a dicha demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.033,46 € en concepto de principal y en concepto de indemnización por mora el interés legal del dinero de la citada cantidad desde la fecha de la demanda hasta la fecha de la sentencia a partir de la cual el tipo de interés será el previsto en el artículo 576 de la LEC.

Las costas se imponen a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y adviértase que la misma no es firme. Contra la sentencia puede interponerse recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación en la forma indicada en el artículo 458 de la LEC. Indíquese a la demandada que no se admitirá a trámite el recurso si, al interponerlo, no acredita documentalmente haber constituido el depósito que para recurrir exige la LOPJ.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Manuel de Jesús González Villar, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 27 de mayo de 2019

La letrada de la Administración de justicia