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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Viernes, 30 de abril de 2021 Pág. 21570

I. Disposiciones generales

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

DECRETO 71/2021, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

El 18 de septiembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, a través del cual se determinan los órganos superiores y de dirección que conforman las diferentes consellerías.

Tal y como se exponía en dicho decreto, la optimización de los recursos públicos, la eficacia en la gestión, la racionalización, el logro de la máxima coordinación de las distintas unidades administrativas y la mejora continua son principios básicos que guían la actuación de la Xunta de Galicia.

La nueva redacción del artículo 61 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, introducida a través de su reforma mediante la Ley 8/2021, de 25 de febrero, establece la necesidad de la aprobación de una Estrategia gallega de salud como documento estratégico plurianual de carácter integral que defina prioridades y objetivos comunes para los ámbitos de la salud pública, de la prevención de riesgos sanitarios, de la promoción de la salud, de la prestación de asistencia sanitaria y de la docencia, formación, investigación e innovación sanitarias.

Por otra parte, los trabajos del Consejo Técnico de Atención Primaria, creado mediante la Orden de 8 de julio de 2019 para llevar a cabo un proceso de definición estratégica del nuevo modelo de trabajo de este nivel asistencial, están próximos a su conclusión definitiva.

En la actualidad, con motivo de la situación de emergencia sanitaria de interés gallego efectuada por el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de marzo de 2020, los órganos superiores y de dirección actualmente existentes en la Consellería de Sanidad están centrando su atención de manera prioritaria en la gestión de la situación epidemiológica y asistencial derivada de la COVID-19.

En consecuencia, solo la creación de un centro directivo propio e independiente permite cubrir en estas circunstancias la necesidad de acelerar los procesos de elaboración de una Estrategia gallega de salud que fije las prioridades transversales de las distintas unidades de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, así como de implementación de las medidas derivadas de la conclusión de los trabajos de reforma del modelo de Atención Primaria.

Procede, pues, modificar la estructura de los órganos superiores y de dirección que actualmente integran la Consellería de Sanidad creando una Dirección General de Planificación y Reforma Sanitaria.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo, de acuerdo con el artículo 25.5 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 4.15 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de abril de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 8 del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia

El artículo 8 del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, queda redactado en los siguientes términos:

a) La Consellería de Sanidad se estructura en los siguientes órganos de dirección:

1. Secretaría General Técnica.

2. Dirección General de Salud Pública.

3. Dirección General de Planificación y Reforma Sanitaria.

b) Quedan adscritos a esta consellería:

1. El organismo autónomo Servicio Gallego de Salud.

2. La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.

3. La Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos.

Disposición transitoria. Adscripciones de órganos y/o unidades a la nueva dirección general

Mediante la resolución o resoluciones oportunas de la persona titular de la Consellería de Sanidad se determinarán los órganos y/o unidades que se adscribirán a la dirección general que se crea como consecuencia de la nueva estructura orgánica que se fija en este decreto, mientras no se proceda a adaptar, mediante las correspondientes modificaciones, los decretos 136/2019 y 137/2019, de 10 de octubre, por los que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, respectivamente.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior categoría se opongan a lo dispuesto en este decreto.

Disposición final primera. Habilitación a la Consellería de Hacienda y Administración Pública

Se faculta a la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública para dictar las disposiciones necesarias para la gestión de los créditos afectados por la nueva estructura administrativa, sin que en ningún caso se pueda originar incremento de gasto.

La Consellería de Hacienda y Administración Pública realizará las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintinueve de abril de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente primero y conselleiro
de Presidencia, Justicia y Turismo