Por Orden de 5 de abril de 2021 (DOG núm. 67, de 12 de abril) se reguló el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia procedente del suprimido Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable. En el artículo 2.1 se establece que el plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia, lo que se produjo el día 12 de abril de 2021.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece la posibilidad de que la Administración pueda conceder, de oficio o por petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
De acuerdo con lo anterior, toda vez que se está tramitando una modificación de la relación de puestos de trabajo de la agencia para adaptarla a la nueva situación derivada de la supresión del Cixtec, circunstancia alegada por la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia en su solicitud, se entiende que concurren circunstancias suficientes que aconsejan ampliar el plazo de presentación de solicitudes para la integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia procedente del suprimido Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable. Esta prórroga garantizará que el personal afectado disponga de la máxima información de cara a presentar las solicitudes de integración.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, esta Consellería de Hacienda y Administración Pública,
ACUERDA:
Artículo único. Modificación del plazo fijado en el artículo 2 de la Orden de 5 de abril de 2021 por la que se regula el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia procedente del suprimido Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (código de procedimiento AP100A).
Ampliar el plazo para presentar solicitudes para la integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia procedente del suprimido Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable hasta el 13 de mayo de 2021.
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 28 de abril de 2021
Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública