Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Viernes, 30 de abril de 2021 Pág. 21759

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 19 de abril de 2021 por la que se regulan las bases para la concesión de una beca de formación práctica especializada en la oficina española de turismo en Roma durante los años 2021 y 2022, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento TU981B).

BDNS (Identif.): 559602.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las becas las personas que reúnan los requisitos previstos en el artículo 5 de las bases reguladoras.

Segundo. Objeto y régimen

Esta resolución tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regulará, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la concesión de una beca de formación práctica especializada en la oficina española de turismo en Roma.

El programa formativo se desarrollará a lo largo de los años 2021 y 2022 con una duración máxima de 18 meses, contados desde la fecha de la incorporación de la persona becaria.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 19 de abril de 2021 por la que se regulan las bases para la concesión de una beca de formación práctica especializada en la oficina española de turismo en Roma durante los años 2021 y 2022, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento TU981B).

Cuarto. Importe

La Agencia Turismo de Galicia financiará esta beca con cargo a las aplicaciones presupuestarias 05.A2.761A.480.0 (39.396,96 euros) y 05.A2.761A.484.0 (cuotas de la Seguridad Social 1.187,64 euros) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2021 y 2022. La cuantía máxima prevista será de cuarenta mil quinientos ochenta y cuatro con sesenta euros (40.584,60 euros), que se distribuirá de la siguiente forma:

Anualidad 2021:

05.A2.761A.480.0: 13.132,32 euros.

05.A2.761A.484.0: 395,88 euros.

Anualidad 2022:

05.A2.761A.480.0: 26.264,64 euros.

05.A2.761A.484.0: 791,76 euros.

La dotación económica de la beca será la que se indica en el siguiente cuadro:

Ciudad de destino

Nº de becas

Dotación euros (total)

Roma

1

40.584,60 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Sexto. Pago de las ayudas

El primer pago será del 20 % del importe total de la beca y se realizará una vez que la persona becaria esté incorporada efectivamente a su destino; los dos pagos siguientes serán el 35 % respectivamente; el cuarto pago será el 10 % de la beca, una vez finalizadas las prácticas.

Santiago de Compostela, 19 de abril de 2021

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia