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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Viernes, 11 de junio de 2021 Pág. 29054

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede su convocatoria para el año 2021.

BDNS (Identif.): 569353.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden todas las personas trabajadoras autónomas por cuenta propia, los profesionales y empresas, las personas trabajadoras autónomas con más de diez personas trabajadoras con un volumen de facturación de más de 2.000.000 de euros en el ejercicio 2020, o empresas con más de veinticinco personas trabajadoras que reúnan las condiciones establecidas y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que acrediten una caída del volumen de operaciones, en el año 2020 respecto al año 2019, de más de un 30 % para aquellas que desarrollen una actividad económica incluida en el anexo I del Real decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, o bien que acrediten una caída del volumen de operaciones, en el año 2020 respecto al año 2019, de un 40 % o más, para aquellas que desarrollen una actividad económica que no se encuentre incluida en el anexo I del Real decreto ley 5/2021.

b) Los demás requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 de esta orden.

Segundo. Objeto

1. El objeto de este programa es la concesión de una ayuda económica, financiada con fondos distribuidos por el Gobierno de España, para el apoyo a la solvencia y reducción de su endeudamiento.

2. Serán subvencionables los gastos realizados para:

– El pago de la deuda a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros.

– El pago de la deuda derivada de los costes fijos.

3. Los pagos a los que se refiere el punto anterior, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Proceder de compromisos contractuales anteriores a 13 de marzo de 2021.

b) El deber de pago debe haber nacido entre el 1 de marzo del 2020 y el 31 de mayo de 2021.

c) Los pagos deben estar pendientes en la fecha de la presentación de la solicitud.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa I de personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A), del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de € (TR600B), y del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede su convocatoria para el año 2021.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan treinta y cuatro millones cuatrocientos setenta mil ochocientos ochenta euros (34.470.880 €).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 14 de junio a 14 de julio de 2021, ambos inclusive.

Santiago de Compostela, 9 de junio de 2021

Mª Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Empleo e Igualdad