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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Miércoles, 16 de junio de 2021 Pág. 30055

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social, Sección Segunda)

EDICTO (RSU 4688/2017).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4688/2017, de esta sección, seguido a instancia de María Jacaranda de la Fuente Evangelista, contra el Servicio Público de Empleo Estatal y Eurometal Galicia, S.L., sobre desempleo, se ha recibido de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia dictada en fecha 29 de abril de 2021 por dicha sala en el recurso de casación para unificación de doctrina número 1731/2018, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por María Jacaranda de la Fuente Evangelista, representada y asistida por letrado Luis Ángel Painceira Cortizo.

2. Casar y anular la sentencia dictada el 5 de febrero de 2018 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el recurso de suplicación núm. 4688/2017.

3. Devolver las actuaciones a la sala de procedencia para que, partiendo del contenido de la presente sentencia, resuelva con libertad de criterio sobre el recurso de suplicación formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, de fecha 26 de abril de 2017, recaída en autos núm. 959/2013, seguidos a instancia de María Jacaranda de la Fuente Evangelista, frente al Servicio Público de Empleo Estatal y Eurometal Galicia, S.L., sobre desempleo-sanción de extinción.

4. No realizar pronunciamiento sobre imposición de costas.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Eurometal Galicia, S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 25 de mayo de 2021

La letrada de la Administración de justicia