En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia, y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2001, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministración y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante/Promotor: Wind Premier Monte da Tella, S.L.U. (CIF: B70595244).
Domicilio social: Plaza María Pita, 10, 1º, 15001 A Coruña.
Denominación del proyecto: parque eólico Monte da Tella.
Municipios afectados/lugar: Ayuntamiento de Vimianzo.
Potencia a instalar: 4,5 MW.
Núm. aerogeneradores que se van a instalar: 1 × 4,5 MW de potencia nominal.
Producción neta anual estimada/horas anuales equivalentes: 9.851 MWh/año.
Presupuesto total (ejecución material): 3.032.860,86 €.
Plazo de ejecución: 3 meses.
Localización (área de afección):
Parque eólico Monte da Tella (Vimianzo) |
|||
Vértice Poligonal |
ETRS89 H29 |
Ayuntamiento |
|
UTM-X |
UTM-Y |
||
1 |
495.505 |
4.762.958 |
Vimianzo |
2 |
495.874 |
4.762.825 |
Vimianzo |
3 |
496.004 |
4.762.846 |
Vimianzo |
4 |
496.309 |
4.764.655 |
Vimianzo |
5 |
495.542 |
4.764.672 |
Vimianzo |
6 |
495.580 |
4.764.072 |
Vimianzo |
7 |
495.651 |
4.763.855 |
Vimianzo |
Parque eólico Monte da Tella (Vimianzo) |
|||
Aerogenerador |
ETRS89 H29 |
Ayuntamiento |
|
UTM-X |
UTM-Y |
||
AE 1 |
495.789 |
4.764.070 |
Vimianzo |
Parque Eólico Monte da Tella (Vimianzo) |
|||
Centro de control/ seccionamento |
ETRS89 H29 |
Ayuntamiento |
|
UTM-X |
UTM-Y |
||
1 |
495.800 |
4.764.087 |
Vimianzo |
Características técnicas básicas de las instalaciones:
• 1 aerogenerador asíncrono de 4,5 MW de potencia, con velocidad y paso variable, altura hasta el buje de 90 m y un diámetro de rotor de 145 m.
• 1 centro de transformación montado en góndola, de potencia unitaria de 5.500 kVA y relación de transformación de 0,72/30 kV, con sus correspondientes celdas metálicas de seccionamiento, maniobra y protección.
• Red eléctrica enterrada a 30 kV compuesta por:
– 1 circuito colector con conductor tipo RHZ1 18/30 kV de 1×240 mm2 en sistema trifásico, entre el centro de transformación del aerogenerador y el centro de control y seccionamiento del parque eólico.
– 1 circuito de evacuación, con conductor tipo RHZ1 18/30 kV de 1×240 mm2 en sistema trifásico, entre el centro de control y seccionamiento del parque eólico y el centro de seccionamiento y control del parque eólico Alto da Croa II (IN661A 2010/4-1).
• Centro de control y seccionamiento en envolvente prefabricada que contendrá 4 celdas con la siguiente configuración: celda de servicios auxiliares, celda de entrada línea 1, celda de medida de tensión y celda de protección general y salida.
• Red de tierras general con conductor Cu-50 mm2, de manera que las instalaciones electromecánicas y el centro de control/colector del parque eólico forman un conjunto equipotencial.
Objeto de la información pública:
La solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) de las instalaciones. La declaración de utilidad, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
Documentación que se expone:
1. El proyecto de ejecución (julio 2019-asdo.19.2.2021).
1.1. Plano general del proyecto del parque eólico.
1.2. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y derechos afectados por el proyecto (RBDA), que figura en el anexo que se inserta en este acuerdo.
1.3. Planos individuales de las fincas afectadas por el proyecto.
2. El estudio de impacto ambiental (EIA) (julio 2020-asdo. 12.2.2021).
3. El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) (julio 2019-fdo. 19.2.2021).
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2001, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, para el conocimiento general, así como, en particular, de los propietarios de las fincas que figuran en la relación anexa a este Acuerdo, y de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, hubiesen sido omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
La documentación estará a disposición de los interesados en las dependencias de la sección de Energía de esta Jefatura Territorial de A Coruña de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (calle Vicente Ferrer, nº 2, 2º andar, 15071 A Coruña, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, previa cita en el correo electrónico seccion.enerxia.coruna@xunta.es o en los teléfonos 981 184983 e 184923), así como en el municipio de Vimianzo (A Coruña). Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación a través del siguiente enlace: https://ceei.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/monte-da-tella
El estudio de impacto ambiental estará también disponible, durante el mismo plazo, en las dependencias de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivenda.
A Coruña, 27 de mayo de 2021
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados por el parque eólico Monte da Tella (IN408A 2019/59)
en el ayuntamiento de Vimianzo (A Coruña)
Relación de bienes y derechos afectados
Nº finca |
Titular(es) |
Datos catastrales |
Paraje |
Uso |
Nº aeroger. |
Afecciones (m2) |
Ocup. temp. |
|||||||
Pol. |
Parc. |
Pleno dominio |
Serv. paso |
Serv. vuelo |
||||||||||
Cim. |
Plat. |
Centro secc. |
T. met. |
Vial |
Zanja |
|||||||||
Concello de Vimianzo |
||||||||||||||
1 |
Comunidad Monte Cabral de Baíñas y Val |
47 |
87 |
Monte do Medio |
Pinar |
AE-1 |
387 |
5.746 |
130 |
3.458 |
269 |
11.690 |
908 |
|
2 |
Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima |
47 |
1035 |
Acceso radar |
Carretera |
33 |
Afecciones en metros cadrados (m2):
• Superficie de pleno dominio:
Cimentación (Cim.): cimentación del aerogenerador.
Plataforma (Plat.): plataforma de montaje del aerogenerador.
Centro de seccionamiento (Centro secc.): centro de seccionamiento.
Torre meteorológica (T. met.): plataforma de la torre meteorológica.
• Servidumbre de paso:
Vial: dereicho de paso por los viales en los que circularán los transportes para la construcción, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones del parque eólico.
Zanja: servidumbre de paso de la linea eléctrica soterrada.
• Servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores (Serv. Vuelo).
• Otras afecciones:
Ocupación temporal (Ocup.temp.): ocupación de terrenos durante el período de duración de las obras. Sirve temporalmente como acopio de materiales, montaje de grúas, acopio de palas y otros componentes de los aerogeneradores, etc.