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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Miércoles, 23 de junio de 2021 Pág. 31584

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2021 por la que se convoca el programa AGASP365 para el personal de las policías locales y demás personal de la seguridad pública con destino en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Academia Gallega de Seguridad Pública en su apuesta decidida y clara de ampliar la formación que realiza y poner en marcha nuevas modalidades formativas, con el objetivo de que la formación llegue a todo el personal interesado en todo momento y estar a la vanguardia de todos los cambios que puedan afectarles, sobre todo de índole legislativa pone en marcha este nuevo programa.

AGASP365 es un programa formativo flexible, mediante micro-formación, que estará disponible los 365 días del año, los 7 días de la semana y las 24 horas del día, orientado hacia la adquisición de conocimientos de manera autónoma, donde el alumno o alumna decide cuando y como adquiere esos conocimientos, sin condicionamientos de plazos, que además puede acreditar a través de la realización de una prueba voluntaria que le dará derecho a obtener un certificado de aprovechamiento.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convoca el programa AGASP365 de formación continua en la modalidad de autoformación dirigida a los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 11 de junio de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Las actividades del programa AGASP365 son:

Actividad:

Intervención policial con el home maltratador

Conceptos básicos de la violencia de género

Atención a la mujer víctima de la violencia de género

Actuaciones básicas ante emergencias sanitarias

Básico sobre las leyes 39/2015 y 40/2015

Sustancias psicoactivas. Conceptos básicos y tipos

La Ley orgánica 7/2021 en lo referente a la protección de datos personales

Venta ambulante

Horarios comerciales y protección de las personas consumidoras

Seguridad informática. Conceptos básicos. Introducción a OSINT

Intervención policial en el consumo y venta de alcohol a menores de edad

Intervención policial en materia sanitaria según la Ley de salud de Galicia

El informe pericial. Referencia a la pericial informática.

Destinatarios.

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

Asimismo, en caso de quedar plazas vacantes, podrá acceder a los cursos convocados a través de esta resolución el personal dependiente de la Agencia Gallega de Emergencias y del Centro Integrado de Atención a las Emergencias 112-Galicia.

Desarrollo del programa AGASP365.

1. La inscripción para el acceso a los contenidos puede hacerse en cualquier momento a partir del día 1 de julio de 2021 hasta el día 31 de diciembre de 2021.

2. No hay limite en el número de actividades en las que quiera inscribirse cada persona.

3. Todos los contenidos van a estar disponibles hasta el día 31 de diciembre de 2021.

4. La inscripción será automática, una vez inscrita la persona, recibirá un mensaje de correo electrónico de confirmación de la misma e inmediatamente podrá acceder a los contenidos en la dirección https://formacion-agasp.xunta.gal/

5. El acceso a los contenidos y la propia inscripción en el programa AGASP365 no implican la obligación de matricularse ni de asistir a las pruebas de evaluación.

6. El acceso y visualización de los contenidos no da derecho a la expedición de ningún tipo de titulación, certificación o diploma.

7. Las pruebas de evaluación de las actividades del programa AGASP365:

– Pueden participar en estas pruebas, todos los los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares y hayan visualizado los contenidos de las actividades formativas.

Quedarán excluídas de la realización de las pruebas de evaluación todas las personas solicitantes que en el momento de realización de las mismas se encuentren de baja laboral por incapacidad temporal, excepto aquellas cuya baja sea provocada por un accidente laboral y la asistencia a la prueba no impida su recuperación.

– Las pruebas de evaluación tendrán lugar en la sede de la Agasp, en la Avenida da Cultura, s/n, 36680, A Estrada (Pontevedra).

– La convocatoria de estas pruebas se publicará en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación será de 15 días naturales. El personal interesado deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.gal), sin que se admita otra forma o modelo de solicitud.

– Las personas que oculten o falseen datos esenciales serán automáticamente excluidas de las pruebas de evaluación de las actividades del programa AGASP365 y pasarán al final de todos los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

– El horario concreto, turnos y aulas de realización de las pruebas de evaluación se publicará en la página web de la Agasp.

– No se admitirán cambios ni sustituciones entre las personas seleccionadas ni cambios en la asignación de los turnos.

– La renuncia a la asistencia a la prueba de evaluación en la que haya realizado la inscripción será comunicada por escrito a la Agasp en un plazo de 3 días hábiles desde la publicación del listado de personal seleccionado a la dirección de correo electrónico formacion.agasp@xunta.gal

– Para superar las pruebas de evaluación, el alumnado deberá responder correctamente al 80 % de las preguntas planteadas, no descontando calificación las preguntas mal contestadas.

– Es obligatoria la asistencia con puntualidad a las pruebas de evaluación y el llamamiento por orden alfabético será único.

– No se autoriza el uso de dispositivos electrónicos durante el desarrollo de la prueba.

– Las personas que se inscriban y no se presenten a las pruebas de evaluación pasarán al final de los listados de todas las todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde la fecha de la prueba.

Certificado de aprovechamiento.

Una vez realizada prueba de evaluación correspondiente, se expedirá el diploma de aprovechamiento de la actividad formativa superada.

Facultades de la Agasp.

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de las actividades para adaptarlas a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir los cursos, ampliar nuevas ediciones de los mismos o suspenderlos temporalmente cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

En la página web de la Agasp se publicarán todos los datos necesarios de las acciones formativas que se convocan en esta resolución.