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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Miércoles, 4 de agosto de 2021 Pág. 39177

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2021 por la que se publica la modificación del Acuerdo del Consejo de Dirección de 11 de julio de 2013 sobre delegación de competencias en las personas titulares de la Presidencia y de la Dirección General.

El Consejo de Dirección de Agader de 11 de julio de 2013 aprobó un Acuerdo sobre delegación de competencias en las personas titulares de la Presidencia y de la Dirección General de Agader. Este acuerdo, publicado mediante la Resolución de 24 de julio de 2013, de la Dirección General de Agader (DOG núm. 148, de 5 de agosto), se refiere, entre otros aspectos, a la delegación de competencias sobre el acuerdo y formalización de convenios. En concreto, en el apartado 3 del anexo señala:

«Primero. Se delegan en la persona titular de la Presidencia y la persona titular de la Dirección General de Agader las siguientes competencias del Consejo de Dirección:

I. En la persona titular de la Presidencia de Agader:

1. Acuerdo y formalización de convenios y contratos por importe superior a 900.000 euros que deban concertarse con entidades públicas o privadas para el correcto ejercicio de las funciones de la Agencia, en relación con la función regulada en el artículo 6.1.f) del Reglamento de Agader (...).

II. En la persona titular de la Dirección General de Agader:

7. Acuerdo y formalización de convenios y contratos por importe inferior a 900.000 euros que deba concertar Agader con entidades públicas o privadas para el correcto ejercicio de las funciones de la Agencia, en relación con la función regulada en el artículo 6.1.f) del Reglamento de Agader (…)».

No obstante, para el correcto ejercicio de las funciones de la Agencia para una mejor visualización de la representación de esta, se consideró conveniente revisar el sistema de delegación de competencias vigente y el 21 de julio de 2021 el Consejo de Dirección de Agader acordó delegar, única y exclusivamente, en la persona titular de la Presidencia de Agader la formalización de todos los convenios que deban concertarse con entidades públicas o privadas, en relación con la función regulada en el artículo 6.1 f) del Reglamento de Agader.

De acuerdo con el artículo 9.3 da Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, las delegaciones de competencias deben publicarse en el Diario Oficial de Galicia.

Por todo esto,

RESUELVO:

Publicar el Acuerdo del Consejo de Dirección de Agader, por lo que se modifica el Acuerdo de 11 de julio de 2013 sobre delegación de competencias en las personas titulares de la Presidencia y de la Dirección General de Agader, y que se incorpora a esta resolución como documento anexo.

ANEXO

Acuerdo del Consejo de Dirección de Agader de 21 de julio de 2021

Al amparo de lo previsto en el artículo 6.1.j) del Reglamento de Agader, aprobado por el Decreto 79/2001, de 8 de abril, se modifica el Acuerdo del Consejo de Dirección de Agader de 11 de julio de 2013 sobre delegación de competencias en las personas titulares de la Presidencia y de la Dirección General de Agader, de manera que la delegación de competencias sobre la formalización de convenios que deba concertar la Agader con entidades públicas o privadas para el correcto ejercicio de las funciones de la Agencia, en relación con la función regulada en el artículo 6.1.f) del Reglamento de Agader, recaiga exclusivamente en la persona titular de la Presidencia de Agader.

Santiago de Compostela, 26 de julio de 2021

Inés Santé Riveira
Directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural