Mediante la Resolución de 2 de marzo de 2021 se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad para el año 2021.
Se trata de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo de los siguientes programas:
a) Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435 B), financiado con el PO FSE Galicia 2014-2020.
b) Programa de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y tratamiento de la violencia de género (código de procedimiento SI435A), financiado con el PO FSE Galicia 2014-2020.
c) Programa de apoyo a los centros de información a las mujeres (procedimiento SI427B), financiado con fondos propios de la comunidad autónoma.
d) Programa de sensibilización, información y difusión sobre igualdad y prevención de la violencia contra las mujeres (código de procedimiento SI435 C), financiado con fondos procedentes del Pacto de Estado contra la violencia de género.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la convocatoria, el crédito destinado al financiamiento de estas ayudas es el siguiente:
Programa-procedimiento |
Aplicación |
Cód. del proyecto |
Importe 2021 (€) |
Importe 2022 (€) |
Total (€) |
Fomento de la conciliación (SI435B) |
11.02.312G.460.1 |
2021 00061 |
1.475.000,00 |
1.475.000,00 |
|
Promoción de la igualdad y prevención de la violencia de género (SI435A) |
11.02.313B.460.0 |
2021 00063 |
500.000,00 |
500.000,00 |
|
Apoyo a los CIM (SI427B) |
11.02.313B.460.0 |
2015 00144 |
3.359.894,00 |
1.600.000,00 |
4.959.894,00 |
Sensibilización, información y difusión sobre igualdad y prevención de la violencia contra las mujeres (SI435C) |
11.02.313D.460.1 |
2018 00112 |
500.000,00 |
500.000,00 |
|
Total |
5.834.894,00 |
1.600.000,00 |
7.434.894,00 |
Con fecha de 22 de junio de 2021, DOG núm. 117, se publicó la Resolución de 9 de junio de 2021 por la que se resuelven las subvenciones previstas en la Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, y se procede a su convocatoria para el año 2021. En el anexo II (lista de espera) de la Resolución de 9 de junio de 2021, son 30 las solicitudes susceptibles de ayuda del Programa fomento de la conciliación (SI435B) que quedan en la lista de espera según el orden de puntuación y que, en su caso, podrán ser atendidas en caso de que quedase crédito libre por producirse alguna renuncia o bien por ampliación del crédito inicialmente disponible según lo especificado en el artículo 2.2 de las bases reguladoras.
Por Resolución de 23 de julio de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, publicada en el DOG nº 145, de 30 de julio, se amplió y se redistribuyó la dotación presupuestaria de la Resolución de 2 de marzo de 2021. Con esta ampliación presupuestaria el crédito total disponible para atender las ayudas previstas en la citada Resolución de 2 de marzo de 2021 para el Programa de fomento de la conciliación (SI435B) quedó establecido en 1.850.818,43 € euros:
Aplicación |
Cód. del proyecto |
Importe |
Ampliación |
Total |
11.02.312G.460.1 |
2021 00061 |
1.475.000,00 |
375.818,43 |
1.850.818,43 |
Según el artículo 17.3 de las bases reguladoras, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.
Teniendo en cuenta que se dan los supuestos previstos en los artículos 2.2 y 15.4 de las bases reguladoras, después de la ampliación del crédito destinado a estas ayudas, y en base a la valoración realizada por la comisión de valoración prevista en el artículo 15.2 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,
RESUELVO:
Primero. Conceder, después de la ampliación y redistribución del crédito destinado a estas ayudas, las subvenciones para las entidades locales para el Programa fomento de la conciliación (SI435B) que se indican en el anexo, a consecuencia de la aplicación de los criterios y pautas de valoración establecidas en el artículo 16 de las bases reguladoras, por la cuantía y para el desarrollo de las actuaciones que figuran en el anexo, por un importe total de 378.525,94 euros, en la aplicación presupuestaria 11.02.312G.460.1, proyecto de gasto 2021.00061, con la denominación «FOMENTO DE LA CONCILIACIÓN Y DE LA CORRESPONSABILIDAD» consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.2 de las bases reguladoras, se realizará un primer pago del 75 % de la cuantía de la subvención concedida, en concepto de pago anticipado, que se hará efectivo una vez que se realice la notificación de la resolución. El 25 % restante, o la parte que corresponda, se librará después de la justificación por las entidades beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió la subvención y demás condiciones exigidas en esta resolución.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1 de la convocatoria, la fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de la actuación subvencionada necesaria para proceder al pago de la subvención finaliza el 11 de octubre de 2021.
Dentro de dicho plazo, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación común y la específica correspondiente a la actuación subvencionada relacionada en el artículo 20.3 de la convocatoria. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 bis de las bases reguladoras, la presentación de la documentación deberá realizarse electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Tercero. Informar a las entidades beneficiarias que figuran en el anexo de esta resolución de lo siguiente:
a) Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas públicas para la misma actuación o actividad en los términos establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.
b) Las entidades beneficiarias deberán cumplir, en todo caso, los requisitos y obligaciones exigidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en la demás normativa europea de aplicación, así como con las condiciones y obligaciones establecidas en el artículo 22 de las bases reguladoras y demás que resulten exigibles según la normativa de aplicación.
c) En el artículo 6.7 y en el artículo 24 de las bases reguladoras se establecen los criterios de graduación de los posibles incumplimientos que determinan, en su caso, la pérdida del derecho al cobro de la subvención, a la minoración de la subvención inicialmente concedida o, en su caso, el reintegro total o parcial de la ayuda percibida.
Cuarto. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la secretaria general de la Igualdad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2021
Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad
ANEXO
Concesiones
Nº de expediente |
Entidad (orden puntuación) |
NIF |
Nombre de la medida |
Gasto elegible * (€) |
Puntos |
Importe concesión según |
SI435B-2021-03 |
Ayuntamiento de Soutomaior |
P3605300G |
Soutomaior concilia: campamento de verano |
24.328,74 |
36 |
15.000,00 |
SI435B-2021-101 |
Ayuntamiento de Cee |
P1502300E |
Programa respira |
20.938,86 |
36 |
15.000,00 |
SI435B-2021-140 |
Ayuntamiento de Miño |
P1504900J |
Respira Miño |
21.972,41 |
36 |
15.000,00 |
SI435B-2021-29 |
Ayuntamiento de A Cañiza |
P3600900I |
Programa educativo de verano yo quiero ser |
7.266,00 |
35 |
5.812,80 |
SI435B-2021-38 |
Ayuntamiento de Taboada |
P2706000C |
Campamento de verano en Taboada |
11.729,60 |
34 |
9.383,68 |
SI435B-2021-06 |
Ayuntamiento de Castro de Rei |
P2701000H |
Concilia Castro de Rei |
22.571,89 |
34 |
15.000,00 |
SI435B-2021-22 |
Ayuntamiento de Baños de Molgas |
P3200800E |
Servicio de conciliación en vacaciones escolares |
5.866,00 |
33 |
4.692,80 |
SI435B-2021-19 |
Ayuntamiento de Catoira |
P3601000G |
Programa de fomento de la conciliación |
14.800,00 |
33 |
11.840,00 |
SI435B-2021-131 |
Ayuntamiento de Meaño |
P3602700A |
Ludoconcilia Meaño en verano somos iguales |
25.266,28 |
32 |
15.000,00 |
SI435B-2021-07 |
Ayuntamiento de Betanzos |
P1500900D |
Betanzos concilia |
15.052,66 |
32 |
12.042,13 |
SI435B-2021-47 |
Ayuntamiento de Poio |
P3604100B |
Espacio concilia |
12.097,40 |
32 |
9.677,92 |
SI435B-2021-65 |
Ayuntamiento de Moaña |
P3602900G |
Programa ven y juega |
20.231,69 |
32 |
15.000,00 |
SI435B-2021-66 |
Ayuntamiento de Baiona |
P3600300B |
Escuela de verano |
16.107,50 |
32 |
12.886,00 |
SI435B-2021-84 |
Ayuntamiento de Viveiro |
P2706700H |
Programa respira |
13.951,00 |
32 |
11.160,80 |
SI435B-2021-95 |
Ayuntamiento de A Guarda |
P3602300J |
Campamento de verano |
25.883,65 |
32 |
15.000,00 |
SI435B-2021-124 |
Ayuntamiento de Tui |
P3605500B |
Igual es más |
21.000,00 |
32 |
15.000,00 |
SI435B-2021-91 |
Ayuntamiento de Redondela |
P3604500C |
Programa municipal de conciliación |
21.935,87 |
32 |
15.000,00 |
SI435B-2021-52 |
Ayuntamiento de Ponte Caldelas |
P3604300H |
Ponte Caldelas concilia |
8.855,00 |
31 |
7.084,00 |
SI435B-2021-83 |
Ayuntamiento de Rianxo |
P1507300J |
Medidas de conciliación del Ayuntamiento de Rianxo |
24.642,11 |
31 |
15.000,00 |
SI435B-2021-45 |
Ayuntamiento de Meis |
P3602800I |
Conciliación de mayores Casa de Escudeiro |
9.364,99 |
30 |
7.491,99 |
SI435B-2021-137 |
Ayuntamiento de Celanova |
P3202500I |
Conciliación e igualdad en Celanova |
21.000,00 |
30 |
15.000,00 |
SI435B-2021-53 |
Ayuntamiento de Mazaricos |
P1504600F |
Conciliamos en verano |
23.387,00 |
29 |
15.000,00 |
SI435B-2021-05 |
Ayuntamiento de Moeche |
P1505000H |
Campamento de conciliación familiar |
10.200,00 |
29 |
8.160,00 |
SI435B-2021-123 |
Ayuntamiento de Coristanco |
P1502900B |
Respira Coristanco |
10.367,28 |
28 |
8.293,82 |
SI435B-2021-46 |
Ayuntamiento de Cangas |
P3600800A |
Programa enredos |
25.638,00 |
28 |
15.000,00 |
SI435B-2021-60 |
Ayuntamiento de Ferrol |
P1503700E |
Campamentos infantiles, urbanos y rurales |
56.000,00 |
28 |
15.000,00 |
SI435B-2021-119 |
Ayuntamiento de Cambre |
P1501700G |
Concilia Cambre |
36.000,00 |
28 |
15.000,00 |
SI435B-2021-133 |
Ayuntamiento de Pontevedra |
P3603800H |
Programa de conciliación somos iguales |
21.000,00 |
28 |
15.000,00 |
SI435B-2021-02 |
Ayuntamiento de Vila de Cruces |
P3605900D |
Programa concilia |
20.122,76 |
26 |
15.000,00 |
SI435B-2021-31 |
Ayuntamiento de Chantada |
P2701600E |
Chantacampamentos |
21.000,00 |
26 |
15.000,00 |