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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Martes, 14 de septiembre de 2021 Pág. 45113

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2021 por la que se convoca el webinario Políticas públicas para después de la crisis económica.

Conforme a los fines que le asigna a la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) la normativa que la regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio) y a los objetivos del Instituto de Economía Pública de Galicia recogidos en el Protocolo entre la Consellería de Hacienda y Administración Pública y la Escuela Gallega de Administración Pública por el que se establecen los principios rectores y de funcionamiento del dicho instituto,

RESUELVO:

Convocar, en el marco del programa de actividades del Instituto de Economía Pública de Galicia, el webinario Políticas públicas para después de la crisis económica, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:

Primera. Objetivos y contenido

Las recientes crisis económicas supusieron un punto de inflexión en materia de política económica. Las actuaciones llevadas a cabo permitieron mejorar algunos indicadores económicos, pero aun no posibilitaron una corrección completa de algunos de los desajustes que se produjeron durante el período que duró la denominada Gran Recesión.

Las crisis económicas, a pesar de implicar una serie de efectos negativos, pueden permitir detectar nuestras debilidades y amenazas para convertirlas en fortalezas y oportunidades. Por este motivo, se convoca este webinario con el objetivo de identificar los aspectos que se pudieron mejorar con las actuaciones realizadas y, al mismo tiempo, las políticas públicas que se deberían aplicar para corregir los problemas pendientes.

Segunda. Personas destinatarias

Personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica como local, de los entes instrumentales de la comunidad autónoma y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Tercera. Desarrollo

Fecha: jueves, 23 de septiembre de 2021.

Modo de impartición: telepresencia.

Horario: de 12.00 a 14.00 horas.

Duración: 2 horas lectivas.

El funcionamiento básico de la plataforma de telepresencia requiere que cada alumno/a disponga de los siguientes componentes:

• Ordenador de sobremesa, portátil o smartphone.

• Conexión estable a internet.

• Navegador web Google Chrome o Mozilla Firefox en las últimas versiones.

• Altavoces (si el monitor o equipo no dispone de ellos).

Cuarta. Número de plazas

60.

Quinta. Inscripción

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula>. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en nombre del curso: webinario Políticas públicas para después de la crisis económica.

3. El plazo para la inscripción estará abierto desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 17 de septiembre de 2021.

4. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo indicado en la base segunda de esta convocatoria respecto de las personas destinatarias.

5. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar desde que se detecte el hecho.

Sexta. Comprobación de datos

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán enviar un correo electrónico a iep.egap@xunta.gal, con la indicación expresa a este respecto, en el que deberán adjuntar la documentación que acredite la Administración a la que pertenezcan, su situación administrativa y el tipo de personal.

Séptima. Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

Octava. Publicación del listado del alumnado seleccionado

En el apartado de esta actividad de la página web de la EGAP (https://egap.xunta.gal/), se publicará el listado de personas seleccionadas, así como también un número adecuado de reservas en caso de que el número de solicitudes recibidas fuera superior al número de plazas.

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguno de los listados fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o fueron excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo, punto 6º, de la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Novena. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y seguimiento

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada, enviando un correo electrónico a iep.egap@xunta.gal, con una antelación máxima de tres días antes de que comience la actividad, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en las líneas a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. El seguimiento y la puntualidad:

a) Es obligatorio el seguimiento de la sesión de esta actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de seguimiento de esta actividad.

c) Respecto al no seguimiento:

1. El no seguimiento de la actividad deberá justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, a contar a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de seguimiento de esta actividad formativa.

2. Aquellas personas con un seguimiento inferior al 50 % de las horas lectivas de la actividad pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad.

Décima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Undécima. Certificado oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de seguimiento de esta actividad, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas siempre que su seguimiento fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el modo de seguimiento de la actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2021

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública