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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Jueves, 14 de octubre de 2021 Pág. 50353

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2021 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 10 de junio de 2021 (Diario Oficial de Galicia número 118, de 23 de junio), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 31 de diciembre de 2020 (Diario Oficial de Galicia número 17, de 27 de enero de 2021), modificada por la Orden de 29 de abril de 2021 (Diario Oficial de Galicia número 90, de 14 de mayo), por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i.

Orden de 31 de diciembre de 2020 (DOG núm. 17, de 27 de enero de 2021), modificada por la Orden de 29 de abril de 2021 (DOG núm. 90, de 14 de mayo), por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i para el año 2021.

La Resolución de 10 de junio de 2021 (DOG núm. 118, de 23 de junio) adjudica las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en su anexo I.

El artículo 17 de las bases de la convocatoria establece que en caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción de la relación laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicar la renuncia, mediante escrito motivado de la persona seleccionada, dirigido a la Secretaría General de Universidades o a la Agencia Gallega de Innovación, según el caso, y se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la correspondiente lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión. También se indica que las renuncias solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera del órgano instructor en que se produzcan y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo de aprovechamiento de la ayuda.

En consecuencia, atendiendo a las renuncias recibidas en la Agencia Gallega de Innovación,

RESUELVO,

Primero. Aceptar las renuncias presentadas por las entidades beneficiarias de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral para el año 2021 correspondientes a las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I.

Segundo. Adjudicar las ayudas a las entidades y personas candidatas de la lista de espera de esta convocatoria, que se relacionan en el anexo II.

Tercero. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las entidades ajenas al SUG, según las renuncias y las nuevas incorporaciones, tal como se indica en la siguiente tabla:

Aplicación

Entidad

Núm. de ayudas

Crédito (en euros)

2021

2022

2023

2024

Total

06.A2.561A.403.0

Misión Biológica de Galicia del CSIC

1

25.800,04

60.100,00

39.600,00

18.799,96

144.300,00

06.A2.561A.481.0

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

5

69.466,83

159.500,00

182.000,00

106.533,17

517.500,00

06.A2.561A.481.0

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

3

47.866,75

158.800,00

152.300,00

55.933,25

414.900,00

Total

9

143.133,62

378.400,00

373.900,00

181.266,38

1.076.700,00

Cuarto. Declarar extinguida la lista de espera al amparo de esta convocatoria.

Quinto. La fecha de comienzo de los nuevos contratos será el día 1 de noviembre de 2021 y las personas sustitutas quedarán sujetas a las mismas condiciones durante el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.

Sexto. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación a la Agencia Gallega de Innovación en el plazo de diez días a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización de los correspondientes contratos.

Séptimo. El artículo 19 de las bases de la convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adaptadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y, asimismo, serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haber presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2021

Francisco Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro de
Economía, Empresa e Innovación
y presidente de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Renuncias a las ayudas concedidas

Núm. exp.

Entidad

1er

apellido

apellido

Nombre

DNI/NIE

Zona estancia

Becario/a Fulbright

Fecha de

renuncia

IN606B-2021/005

Misión Biológica de Galicia del CSIC

Poveda

Arias

Jorge

***8162**

1

2

No

No firmó el contrato

correspondiente

IN606B-2021/009

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

Valdés

Varela

Lorena

***3996**

2

No

No firmó el contrato

correspondiente

ANEXO II

Ayudas de la lista de espera concedidas

Núm. exp.

Entidad

1er

apellido

apellido

Nombre

DNI/NIE

Zona estancia

Becaria Fulbright

Puntuación

IN606B-2021/016

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

Barbosa

Sousa Gouveia

Sofía Isabel

***4236**

2

No

80,00

IN606B-2021/012

Fundación Profesor Novoa Santos

Camacho

Encina

María

***6063**

3

No

76,25