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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Viernes, 15 de octubre de 2021 Pág. 50527

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santa Comba (expediente-e IN407A 2021/86-1).

Expediente-e: IN407A 2021/86-1.

Promotora: Electra de Santa Comba, S.L.

Denominación de la instalación: reforma de la LMTA a CT Vilar.

Ayuntamiento: Santa Comba.

Hechos:

1. El 3 de mayo de 2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: reforma de la LMTA a CT Vilar.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Se envían las separatas a los organismos afectados que a juicio de Electra de Santa Comba, S.L. habían podido estar afectadas: Ayuntamiento de Santa Comba, Augas de Galicia, Diputación Provincial y Telefónica.

• Ayuntamiento de Santa Comba:

– Enviada el 5.5.2021 solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la aprobación del proyecto de ejecución. A día de hoy no consta en el expediente ninguna contestación a anterior solicitud, por lo que de acuerdo con los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, se entiende la conformidad con la autorización de la instalación y con las especificaciones técnicas propuestas por el peticionario en el proyecto de ejecución.

• Augas de Galicia:

– Enviada el 5.5.2021 solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la aprobación del proyecto de ejecución. A día de hoy no consta en el expediente ninguna contestación a anterior solicitud, por lo que de acuerdo con los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, se entiende la conformidad con la autorización de la instalación y con las especificaciones técnicas propuestas por el peticionario en el proyecto de ejecución.

• Diputación provincial de A Coruña:

– El día 5.5.2021 se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa previa y condicionado técnico a la autorización administrativa de construcción.

– El organismo remite informe el día 3.6.2021, Electra de Santa Comba, S.L. adjunta el 8.6.2021 la aceptación al condicionado propuesto.

• Telefónica de España:

– El día 5.5.2021 se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa previa y condicionado técnico a la autorización administrativa de construcción.

– El día 11.5.2021 se recibe informe favorable y condicionado de Telefónica de España.

– El día 13.5.2021 se recibe aceptación de Electra de Santa Comba, S.L. al condicionado.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia y el artículo 39.a) del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre (DOG de 11 de enero de 2021), por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instruciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

Sustitución del conductor existente desnudo de tipo LEC-28, por nuevo conductor también desnudo de tipo LA-56, siendo la longitud del trecho de línea a reformar de 1.629 m.

Sustitución de 7 apoyos de hormigón, instalándose un total de 8 apoyos de hormigón de tipo HV-15/1000 (4 apoyos), HVH-17/1000 (1 apoyo), HVH-15/1600 (2 apoyos) y HVH-17/3500 (1 apoyo). Traslado de los elementos integrantes del CT existente al nuevo apoyo proyectado de tipo HVH-15/1600. Desmontage del transformador existente de 100 kVA y el cuadro de baja tensión que se volverán a montar en el nuevo apoyo. Nuevo interruptor automático, autoválvulas, cables puente BT y herrajes.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 22 de septiembre de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña