Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Miércoles, 15 de diciembre de 2021 Pág. 61511

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2021 por la que se aprueba definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del polígono número tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo).

Antecedentes de hecho:

1. En virtud de la Resolución de 18 de marzo de 2021, el director general del Instituto Gallego de la Vivenda y Suelo (en adelante, IGVS) acordó aprobar inicialmente los proyectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución de los polígonos uno, dos y tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo), por el procedimiento de tasación conjunta, y someterlos a información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de los anuncios en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 63, de 6 de abril) y en los periódicos de mayor circulación de la provincia (los anuncios se publicaron el día 6 de abril de 2021, en las ediciones de Deza-Tabeirós, Arousa, Pontevedra y Vigo de La Voz de Galicia, así como en el Faro de Vigo).

La tasación de los bienes y derechos que se precisan ocupar en este expediente se les notificó individualmente a los que aparecen como sus respectivos titulares, mediante traslado literal de la citada Resolución de 18 de marzo de 2021, de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que pudiesen formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de recepción de la referida notificación, tal y como se señala en el artículo 118.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Igualmente, dicha resolución se publicó por medio de anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE núm. 85, de 9 de abril), a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Además, el expediente estuvo expuesto a disposición de las personas interesadas en el Ayuntamiento de Vigo, en la sede del área Provincial del IGVS en Pontevedra y en la página web del IGVS, http://igvs.xunta.gal/. Igualmente, se dio audiencia al citado ayuntamiento y se notificó al Ministerio Fiscal.

2. El 3 de junio de 2021, la jefa del Área Provincial del IGVS en Pontevedra emplazó mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 116, de 21 de junio) a aquellas personas interesadas que no se pudo practicar la notificación de las referidas hojas de aprecio, para ser notificadas por comparecencia en el citado expediente.

3. El 20 de julio de 2021, por resolución del director general del IGVS, se acordó el inicio de los trámites de exclusión de determinados bienes y derechos del expediente expropiatorio para la ejecución de los polígonos uno, dos y tres del suelo residencial de San Paio de Navia, en el Ayuntamiento de Vigo (DOG núm. 141, de 26 de julio y corrección de errores en el DOG núm. 143, de 28 de julio). Con posterioridad, a través de la Resolución del director general del IGVS de 4 de noviembre de 2021 y tras el cumplimiento del procedimiento administrativo establecido en el artículo 295.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, se acordó aprobar definitivamente su exclusión (DOG núm. 222, de 18 de noviembre).

4. Cumplidos los anteriores trámites, la Administración expropiadora, a propuesta del perito nombrado a los efectos en este expediente, elaboró un informe individualizado sobre cada una de las alegaciones presentadas, así como las preceptivas hojas de precio justo definitivas.

5. En virtud de lo especificado en los artículos 18 y 19 del Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana, el 12 de agosto de 2021, mediante resolución administrativa, el director general del IGVS acordó aprobar el procedimiento e iniciar los trámites para reconocer el derecho de realojamiento a las personas ocupantes legales de viviendas que constituyan su residencia habitual en el ámbito expropiado, actualmente en tramitación.

6. El 25 de noviembre del 2021, la Dirección Técnica de Gestión Económica y Presupuestos del IGVS firmó el informe sobre la disponibilidad presupuestaria con el fin de afrontar los expedientes expropiatarios para la ejecución de los polígonos uno, dos y tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo).

7. El 25 de noviembre de 2021, la jefa del Área Provincial del IGVS en Pontevedra y representante de la Administración de esta expropiación emitió el informe propuesta de resolución de aprobación definitiva del proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del polígono número tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo).

Consideraciones legales:

Primera. El proyecto de expropiación forzosa se tramita por el procedimiento de tasación conjunta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

Segunda. Dicho proyecto tiene por objeto la expropiación por el IGVS, en beneficio propio, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del polígono número tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo).

De conformidad con lo dispuesto en el número 10 del artículo 118 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, el acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados.

Tercera. El expediente tramitado reúne la documentación relacionada en el artículo 118.1 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero. Dice así el citado artículo:

«1. En los supuestos del procedimiento de tasación conjunta, el expediente contendrá los siguientes documentos:

a) Delimitación del ámbito territorial, con los documentos que lo identifiquen en cuanto a situación, superficie y lindes con la descripción de bienes y derechos afectados y la relación de sus titulares.

b) Fijación de precios con la valoración razonada del suelo, según su calificación urbanística.

c) Hojas de justiprecio individualizado de cada finca, en las cuales se contendrá no solo el valor del suelo, sino también el correspondiente a las edificaciones, obras, instalaciones y plantaciones.

d) Hojas de precio justo que correspondan a otras indemnizaciones.

2. El proyecto de expropiación, con los documentos señalados, será aprobado inicialmente y expuesto al público por el plazo de un mes, para que aquellas personas que puedan resultar interesadas formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que concierne a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos».

La relación de las personas titulares de los bienes y derechos que se expropian, figuran en el anexo de esta resolución.

Cuarta. El artículo 118.6 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, establece que «emitido informe sobre las alegaciones, se someterá el expediente a la aprobación del órgano municipal autonómico que sea competente. Se entiende que el órgano autonómico competente será la persona titular de la consellería expropiadora».

Pues bien, en virtud del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 190, de 18 de septiembre), el IGVS quedó adscrito a la Consellería de Medio Ambiente Territorio y Vivienda. Según lo anterior, la persona titular de esa consellería sería la competente para dictar esta resolución. Ahora bien, la Orden de 25 de octubre de 2019 (DOG núm. 210, de 5 de noviembre), sobre delegaciones de competencias en los órganos superiores, directivos y periféricos de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, establece en su ordinal tercero, el cual lleva por rúbrica “expropiación forzosa”, que «se delegan en las personas titulares de las direcciones generales de la consellería, en el ámbito de sus respectivas competencias, el ejercicio de las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la consellería expropiadora».

Después de lo anterior, se entiende competente para dictar esta resolución, por delegación de competencia, la persona titular de la Dirección General del IGVS.

De acuerdo con el informe propuesta de la jefa del Área Provincial del IGVS en Pontevedra de fecha 25 de noviembre de 2021, que consta en el expediente,

RESUELVO:

Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del polígono número tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo), con la estimación o desestimación de las alegaciones presentadas, según los casos, en los términos que aparecen en los informes, respecto de cada una de ellas que constan en el expediente y, consecuentemente, la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación.

El pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los números 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del justiprecio en vía administrativa.

Segundo. Ordenar la notificación de esta resolución, de manera individualizada, a todos los que aparezcan como titulares de bienes o derechos que figuran como tales en este expediente de expropiación, al que se le deberá unir la correspondiente hoja de justiprecio definitiva.

Igualmente, se deberá notificar esta resolución al Ministerio Fiscal, a los efectos establecidos en el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con las personas propietarias desconocidas, y a la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda en Pontevedra, una vez determinado, con carácter firme, el justiprecio de los bienes, derechos o intereses patrimoniales que se expropian.

Tercero. Ordenar la publicación de esta resolución, así como su anexo, que contiene la relación de las personas titulares de los bienes y derechos que se expropian, en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vigo. Asimismo, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos de que sirva de notificación a las personas propietarias desconocidas y de las cuales se ignore el lugar de notificación o el medio, o bien, intentada esta no se hubiese podido practicar, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Durante el plazo de veinte días, contados desde el siguiente de la recepción de la notificación o, de ser el caso, de la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, los interesados podrán manifestar, mediante escrito dirigido a la Dirección General del IGVS, su disconformidad con la valoración fijada en el expediente aprobado, conforme lo que dispone el artículo 118.7 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

Dicha disconformidad se presentará preferiblemente por vía electrónica a través del procedimiento normalizado con código de procedimiento PR004A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal/, que deberá dirigirse a la Dirección General del IGVS.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los medios de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Aquellos sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrán presentar su disconformidad en el Área Provincial del IGVS en Pontevedra (sita en la calle Alcalde Hevia, 7, 36071 Pontevedra).

Transcurrido el citado plazo sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente y se entenderá determinado el precio justo definitivamente, de conformidad con el artículo 118.8 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 2021

La conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda
P.D. (Orden de 25 de octubre de 2019)
Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO

Relación de las personas titulares de los bienes y derechos que se expropian para la ejecución del polígono número tres del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo)

Nº orden

Ref. catastral

Personas titulares

Superf. exp. (m²)

Afección

332

0339701NG2703N

Iglesias Pazó, Josefa Clara

671

Total

332-AR

0339701NG2703N-AR

Porto Valla Publicidad Exterior, S.L.

0

Arrendatario

333

0340501NG2704S

Carril Comesaña, Roberto y otro

324

Parcial

333-AR

0340501NG2704S-AR

ALPHA Publicidad Exterior

0

Arrendatario

333-1

0340502NG2704S

Comesaña Pardellas, Amalia Isabel y otros

986

Total

333-1AR

0340502NG2704S-1-AR

ALPHA Publicidad Exterior

0

Arrendatario

334

0340607NG2704S

Iglesias Barreiro, José Manuel y otros

379,51

Parcial

335

0340606NG2704S

Pena Barreiro, Norberto y otros

423,89

Parcial

336

0340605NG2704S

Abalde Filgueira, Catalina de la Paz

640,6

Parcial

337

0340604NG2704S

Abalde Pérez, Jaime y otros

1267

Total

338

0340602NG2704S

Álvarez Abalde, herederos de Elvira

1.689,64

Parcial

338-AR4

0340602NG2704S-AR4

Vantage Towers, S.L.U.

0

Arrendatario

338-1

0340601NG2704S

Camping Rias Baixas,S.L.

985

Total

338-1AR1

0340602NG2704S-AR1

Mocalva, S.L.

0

Arrendatario

338-AR2

0340602NG2704S-AR2

Impacto, S.L.

0

Arrendatario

340

0339702NG2703N

Gestiones Urbanísticas e de Negocios, S.L.

1.650

Total

341

0339703NG2703N

Desconocido

472

Total

342

0339704NG2703N

González Costas, María Carmen

896

Total

344

0339706NG2703N

Comesaña Rodríguez, María Carmen y otros

951

Total

345

0339707NG2703N

Desconocido

1.076

Total

348

0438520NG2703N

Monroy Álvarez, María Mercedes y otros

437

Total

350

0438503NG2703N

Iglesias Fernández, María José y otros

64,65

Parcial

351

0438505NG2703N

Mouriño Álvarez, María Josefa

49,33

Parcial

354

0438521NG2703N

Álvarez Pazó, María Elena

521

Total

356

0438523NG2703N

Montenegro Costas, José y otros

541

Total

358

0438519NG2703N

Álvarez Abalde, herederos de Elvira

691

Total

358-AR

0438519NG2703N-AR

Barral Río, Fernando Alonso

0

Inquilino

359

0339709NG2703N

Melero González, José María y otros

1.412

Total

359-AR

0339709NG2703N-AR

Recuperación e Tratamento da

Soldadura, S.L., Retrasol

0

Arrendatario

359-1

0339708NG2703N

Fernández Vilas, herederos de José

820

Total

360

0339716NG2703N

Desconocido

1.337

Total

360-AR

0339716NG2703N-AR

Mocalva, S.L.

0

Arrendatario

361

0339714NG2703N

Desconocido

463

Total

362

0339713NG2703N

Desconocido

100

Total

365

0339710NG2703N

Fernández Comesaña, Francisco Javier y otros

944

Total

367

0536310NG2703N

Mallo Hermida, Eladino

355

Total

371

0438511NG2703N

Rodríguez García, Juan y otros

286,16

Parcial

373

0438513NG2703N

Barreiro Abalde, herederos de María y otros

2371

Total

373-AR

0438513NG2703N-AR

Impacto, S.L.

0

Arrendatario

374

0438526NG2703N

Fernández Alonso, Adelaida

267,14

Parcial

375

0438514NG2703N

Pena Barreiro, María Mercedes

248

Total

376

0536308NG2703N

Costas Pérez, herederos de Adelina

228

Total

377

0536307NG2703N

Costas Pérez, Carmen

239

Total

378

0536306NG2703N

Costas Pérez, Jaime

237

Total

379

0536305NG2703N

Costas Pérez, herederos de Cándido

298

Total

380

0536304NG2703N

Oitabén Abalde, María Amparo

810

Total

382

0437901NG2703N

Fernández Fernández, Ventura

469

Total

383

0437902NG2703N

Costas Fernández, Carlos

489

Total

383-AR

0437902NG2703N-AR

JCDECAUX (Avenir)

0

Arrendatario

384

0437903NG2703N

Villa González, Vanesa

483

Total

386

0437905NG2703N

Ayuntamiento de Vigo

492

Total

388

0536325NG2703N

Ayuntamiento de Vigo

80

Total

390

0536312NG2703N

Abalde Ulla, Encarnación Hros.de

278

Total

393

0536315NG2703N

Bautista Araujo, María del Carmen y otros

240

Total

394

0536316NG2703N

Abalde Pintos, Emilio Cisneros y otros

1.217

Total

395

0536317NG2703N

Bautista Araujo, María del Carmen y otros

44

Total

399

0536324NG2703N

Ayuntamiento de Vigo

132

Total

401

0535801NG2703N

Costas Pérez, herederos de Adelina

35

Total

402

0535802NG2703N

Alonso Vidal, María del Carmen

763

Total

403

0536321NG2703N

Álvarez Abalde, herederos de Elvira

472

Total

403-AR

0536321NG2703N-AR

Exterion Media Spain, S.A.

0

Arrendatario

406

0535819NG2703N

Alonso Vidal, María del Carmen

586

Total

407

0535818NG2703N

Alonso Vidal, María del Carmen

141

Total

408

0535817NG2703N

Desconocido

592

Total

416

0535807NG2703N

Fernández da Cruz, Desiree

103

Total

417

0535808NG2703N

Bautista Araujo, María del Carmen y otros

123

Total

418

0535809NG2703N

Bautista Araujo, María del Carmen y otros

119

Total

419

0535810NG2703N

Bankia, S.A.

540

Total

422

0535814NG2703N

Ferreiro García, María Concepción

697

Total

423

0535813NG2703N

Suárez Costas, María Victoria

208

Total

423-AR

0535813NG2703N-AR

JCDECAUX (Avenir)

0

Arrendatario