En el DOG núm. 29, de 12 de febrero de 2021, se publicó la Orden de 31 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las empresas de inserción laboral (EIL) y a sus entidades promotoras, y se procede a su convocatoria para el año 2021.
Según el apartado 6 del artículo 4 de la Orden de 31 de diciembre, de producirse remanentes en una aplicación presupuestaria y/o en un programa de ayudas se reasignarán las cuantías sobrantes en la otra aplicación y /o programa. Las reasignaciones se llevarán a cabo, previas las modificaciones presupuestarias pertinentes, sin necesidad de realizar una nueva publicación del importe de los créditos.
En el Programa II de ayudas a las empresas de inserción laboral para compensar los costes adicionales del empleo de personas en riesgo o situación de exclusión social (procedimiento TR356C), no existe crédito suficiente en una de las aplicaciones presupuestarias para atender a todas las solicitudes. Por otra parte, existen remanentes de crédito en otra aplicación del mismo programa y en el Programa I, que se podrían reasignar, después de las pertinentes modificaciones de crédito.
En consonancia con el párrafo anterior, el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, establece que la alteración de la distribución entre los créditos consignados no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo expuesto y con el fin de atender todas las solicitudes presentadas del Programa II de ayudas de la Orden de 31 de diciembre de 2020,
RESUELVO:
Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas por la Orden de 31 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las empresas de inserción laboral (EIL) y a sus entidades promotoras, y se procede a su convocatoria para el año 2021(códigos de procedimiento TR356A y TR356C), reasignando las cuantías sobrantes de la aplicación 11.04.324C 470.5 del Programa I y de la aplicación 11.04.324C 481.5 del Programa II; en la aplicación 11.04.324C 470.5 del Programa II, y sin variar el presupuesto total consignado en la convocatoria.
Procedimiento |
Programa de ayudas |
Aplicaciones |
Incremento (€) |
Minoración (€) |
TR356A |
Programa I |
11.04.324C 470.5 |
0,000 |
20.000,00 |
TR356C |
Programa II |
11.04.324C 481.5 |
0,00 |
17.125,00 |
11.04.324C 470.5 |
37.125,00 |
0,00 |
||
Total |
37.125,00 |
37.125,00 |
Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes.
Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2021
Covadonga Toca Carús
Directora general de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social