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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 14 de febrero de 2022 Pág. 10983

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 14/2022, de 3 de febrero, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Lugo de la carretera provincial LU-P-2911 denominada calle Fermín Rivera.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Lugo llevaba a cabo el 29.9.2021, acordó solicitar a la Diputación Provincial de Lugo la cesión de la carretera provincial LU-P-2911 de 703 metros con inicio en la intersección con la carretera vieja de Santiago, intersección de A Ponte Vella, y finalización en las proximidades de la Iglesia de San Lázaro, denominada calle Fermín Rivera.

El 26.10.2021, la Diputación Provincial de Lugo aceptó el cambio de titularidad de la carretera provincial LU-P-2911 Puente de Lugo (N-540) San Lázaro, entre las coordenadas UTM 29 ETRS89 X=617.087 Y=4.761.973 (p.k. 0+000) y X=616.406 Y=4.761.837 (p.k. 0+703). La Diputación indica que la carretera se encuentra en buen estado, presenta un firme asfaltado en su totalidad y cuenta con aceras en su margen derecho y en un tramo del margen izquierdo.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, indica que la carretera LU-P-2911 cumple con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, según el cual estos solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente, a través de la red de carreteras de la administración cedente o de la red de carreteras de titularidad de administraciones de mayor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día tres de febrero de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Lugo de la carretera LU-P-2911:

Clave

Denominación

PQi

Coordenadas UTM (ETRS89) huso29

PQf

Coordenadas UTM (ETRS89) huso29

Long (km)

LU-P-2911

Puente de Lugo (N-540)-San Lázaro

0+000

X= 617.087

Y=4.761.973

0+703

X= 616.406

Y= 4.761.837

0,703

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación.

Artículo 3

Le corresponderán al Ayuntamiento de Lugo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de la carretera.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, tres de febrero de dos mil veintidós

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad