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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Martes, 5 de abril de 2022 Pág. 21815

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 23 de marzo de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios, para el año 2022-2023, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN417Y).

BDNS (Identif.): 618354.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases:

a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector servicios o en la industria. A los efectos de estas bases, se define empresa conforme a lo recogido en el artículo 1 del anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014. Solo serán subvencionables las actuaciones realizadas en centros de trabajo ubicados en Galicia.

Se considerarán sector servicios las actividades incluidas en las secciones: G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T o U del CNAE 2009. Dentro del sector industria, serán subvencionables las empresas cuyo CNAE 2009 comience por la división de la 07 a 39, excluidas las que comiencen por la división 10.2 y 12.

También serán subvencionables las actividades contempladas en el IAE que se correspondan con estas secciones del CNAE 2009.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia, corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases y, en concreto, desarrollar alguna de las actividades recogidas en el apartado a) de este artículo y amparadas por el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

Segundo. Objeto

Regular la concesión de subvenciones para la consecución de ahorro y eficiencia energética en las empresas del sector industria y servicios.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Resolución de 23 de marzo de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios, para el año 2022-2023, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN417Y).

Cuarto. Cuantía

1. Las subvenciones que se concedan se financiarán con cargo a los presupuestos del Inega para el ejercicio 2022-2023 y se imputarán a la aplicación presupuestaria 06.A3.733A.770.0.

El crédito máximo, según la tipología de proyecto y tipo de solicitante, será el siguiente:

Distribución por línea de ayuda

Tamaño empresa

Año 2022 (€)

Año 2023 (€)

Total (€)

PAEI. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industrial

Pyme

1.227.784,87

772.215,13

2.000.000,00

Gran empresa

600.000,00

750.000,00

1.350.000,00

PAES. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector servicios

Pyme

500.000,00

500.000,00

1.000.000,00

Gran empresa

411.624,17

238.375,83

650.000,00

Total

2.739.409,04

2.260.590,96

5.000.000,00

El crédito máximo recogido en la tabla anterior podrá ser redistribuido si pasado un mes desde la apertura del plazo de solicitudes en algunos de los epígrafes no se registran solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles y en otros de los epígrafes existe listado de espera.

2. La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

3. Se establece una ayuda máxima por proyecto de 500.000 euros.

4. La ayuda máxima por empresa beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 1.000.000,00 de euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 19 de abril de 2022 a las 9.00 horas y finalizará el 3 de octubre de 2022.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega.

Santiago de Compostela, 23 de marzo de 2022

Paula María Uría Traba
Directora del Instituto Energético de Galicia