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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Jueves, 5 de mayo de 2022 Pág. 26993

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 27 de abril de 2022 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS508B).

BDNS (Identif.): 624347.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Entidades beneficiarias

Entidades de acción voluntaria de carácter privado que realicen proyectos de voluntariado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.

Segundo. Objeto y finalidad

Establecer las bases reguladoras por las que se regirá el procedimiento de concesión de las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022, y proceder a su convocatoria. Los programas y actividades de acción voluntaria presentados por las entidades de carácter privado y sin ánimo de lucro deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 27 de abril de 2022 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS508B).

Cuarto. Presupuesto

La cuantía global de la convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.06.312F.481.0, es de ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos dieciséis euros (145.416,00 €) y se destinará a entidades de acción voluntaria.

La cuantía máxima de la ayuda por proyecto no podrá superar la cantidad de 4.000 euros ni el 75 % del presupuesto total del proyecto presentado.

Quinto. Otros datos

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Con la solicitud se presentará el documento del proyecto de actividades. Se admitirá un solo proyecto por entidad con su denominación/nombre, los objetivos, la identificación de los problemas que se pretenden abordar y el número aproximado de personas beneficiarias. Este irá acompañado del número de personas voluntarias con las cuales se pretende ejecutar el proyecto y del número de días que participará cada una de ellas, así como de un presupuesto desglosado del coste de todas las actividades. Este proyecto de actividades de voluntariado no puede ser igual al presentado por la misma entidad en el caso de haber otra convocatoria de ayudas de esta consellería en materia de voluntariado.

La concesión de la ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva. La cuantía de la ayuda por proyecto se calculará de forma proporcional a la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios de valoración del artículo 12 de la orden de convocatoria, hasta agotar el crédito disponible.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2022

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social