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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Martes, 10 de mayo de 2022 Pág. 27857

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

EXTRACTO de la Resolución de 2 de mayo de 2022 por la que se convoca la prórroga para el año 2022 de las subvenciones del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género con financiación del Pacto de Estado contra la violencia de género (código de procedimiento VI482D).

BDNS (Identif.): 624810.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de esta prórroga aquellas personas que, resultando beneficiarias de esta ayuda y no teniendo perdido el derecho mediante la oportuna resolución ni agotado el período máximo de su duración, finalicen su período de disfrute durante el año 2022 y cumplan los requisitos previstos en el artículo 3.3 de las bases reguladoras contenidas en la Orden de 11 de abril de 2019.

Segundo. Objeto

Convocar la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022 de las subvenciones del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género para todas las personas que hayan resultado beneficiarias de este programa en los años 2019, 2020 y 2021 y que no tengan agotado el período máximo de duración de la ayuda, que no puede exceder de tres años, con financiación del Pacto de Estado contra la violencia de género (código de procedimiento VI482D).

Tercero. Bases reguladoras

Las subvenciones de este programa se regirán por las bases reguladoras establecidas en la Orden de 11 de abril de 2019, publicada en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) núm. 78, de 24 de abril.

Cuarto. Crédito presupuestario

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451B.480.3 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, para el año 2022, con el código de proyecto 2019 00009, y por la siguiente cuantía:

Anualidad

Aplicación presupuestaria

Importe

2022

08.81.451B.480.3

320.215,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

EL plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y terminará el día 21 de noviembre de 2022, en los siguientes términos:

– En aquellos supuestos en que ya hubiera finalizado durante este año 2022 el período de percepción de la concesión inicial o de la prórroga del bono de alquiler, la persona beneficiaria dispondrá de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, para solicitar la prórroga de la ayuda.

– En el supuesto de que la concesión inicial o la prórroga de la ayuda concedida no finalizara en la fecha de publicación de esta resolución, la solicitud deberá presentarse dentro de los dos meses anteriores a la fecha de remate de la concesión inicial o de la prórroga que se esté disfrutando.

Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2022

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo